Suprema Corte de Justicia de la Nación

 

Legisladores de oposición en Veracruz quieren presentar acción de inconstitucionalidad de reforma que amplía quien es veracruzano

Legisladores de oposición del estado de Veracruz anunciaron esta semana que ya tienen listo un borrador de la acción de inconstitucionalidad en contra de la reforma al artículo 11 de la Constitución local que amplía la condición de quien es veracruzano.

Se trata de lo que se ha llamado la “Ley Nahle”, porque, se asegura, la reforma tiene el objetivo de permitir que la secretaria de Energía, Rocío Nahle, contienda para la gubernatura del estado de Veracruz, pese a no haber nacido en el estado, sino en Zacatecas.

Previo a la reforma constitucional, el artículo 11 de la Constitución veracruzana establecía que se era veracruzano por haber nacido en el territorio o por ser hijo o hija de padre o madre veracruzana, nacido en el territorio nacional o en el extranjero.

El 11 de agosto, el Congreso del estado recibió la constancia de aprobación del número de municipios exigidos por la Constitución para reformarla, por la que se aprobó la adición de una tercera fracción que señala que son veracruzano(a)s “las o los mexicanos nacidos fuera del territorio del estado, con hijos veracruzanos o con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano.”

Esta polémica reforma fue publicada en la Gaceta Oficial del estado el mismo 11 de agosto, momento en el que empezó a transcurrir el plazo de 30 días naturales para presentar una acción de inconstitucionalidad, conforme con lo dispuesto en el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El problema que ahora enfrentan las y los legisladores de los partidos de oposición es que, conforme con el inciso d) de la fracción II de la Constitución mexicana, se necesita “el equivalente al treinta y tres por ciento de los integrantes de alguna de las Legislaturas de las entidades federativas” para presentar ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una acción de inconstitucionalidad sobre las leyes expedidas por el propio órgano, y no cuentan con los 17 legisladores necesarios.

Por no alcanzar el número de diputadas y diputados necesarios, los partidos de oposición analizan impulsar la acción de inconstitucionalidad con fundamento en el inciso f) de la fracción II del mencionado artículo constitucional en materia electoral.

Este inciso faculta a “los partidos políticos con registro ante el Instituto Nacional Electoral, por conducto de sus dirigencias nacionales” a iniciar acciones de inconstitucionalidad “en contra de leyes electorales federales o locales; y los partidos políticos con registro en una entidad federativa, a través de sus dirigencias, exclusivamente en contra de leyes electorales expedidas por la Legislatura de la entidad federativa que les otorgó el registro”.

La reforma que se pretende impugnar, sin embargo, es de la Constitución y no de una ley electoral.

“Ellos hacen una trampa política para que los partidos no puedan impugnar, por no tratarse de un tema electoral, pero sí se puede”, declaró sobre el tema el dirigente de Movimiento Ciudadano, Sergio Gil Rullán, explicando que “buscarán echar abajo la ley porque no es general y tiene carácter político, con nombre y apellido.”

Evidentemente se trata de una reforma política, pero que ha terminado beneficiando a cientos de miles de residentes en el estado, por lo que es una batalla cuesta arriba y se percibe difícil que la acción legal, de presentarse, sea aceptada con ese fundamento. Ya veremos, empero, qué se resuelve en la Suprema Corte.

Más información jornadaveracruz.com.mx

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