Símbolos de salud

 

Se publicó decreto presidencial que crea como organismo público descentralizado al programa IMSS-BIENESTAR

Este 31 de agosto se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se crea el organismo público descentralizado denominado Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), que hay quienes han entendido como la desaparición de la Secretaria de Salud.

A grandes rasgos, la administración pública está organizada como centralizada y paraestatal. La centralizada está compuesta por las secretarías de estado, como la Secretaría de Salud, la Consejería Jurídica, y los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética a que hace referencia el artículo 28, párrafo octavo, de la Constitución.

Por su parte, la administración pública paraestatal está compuesta por organismos descentralizados; empresas de participación estatal, instituciones nacionales de crédito, organizaciones auxiliares nacionales de crédito e instituciones nacionales de seguros y de fianzas; y, fideicomisos.

Las dos principales leyes que regulan a la administración pública federal son Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

En el caso del IMSS-BIENESTAR, se trata de un organismo público descentralizado creado por decreto del Ejecutivo Federal, es decir, del presidente. El artículo 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal dispone que estos organismos, que cuentan con personalidad jurídica y patrimonio propios, pueden ser creados por ley o decreto del Congreso de la Unión o por decreto del Ejecutivo Federal.

El IMSS-BIENESTAR encuentra su primer antecedente en la reforma de 1973 a la Ley del Seguro Social, en la que se facultó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a extender su acción a núcleos de población sin capacidad contributiva, de extrema pobreza y profunda marginación.

Mediante Acuerdo Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 1977, se creó la Coordinación General del Plan Nacional de Zonas Deprimidas y Grupos Marginados, de Presidencia de la República, COPLAMAR, “para estudiar y proponer la atención eficaz de las necesidades de las zonas deprimidas y los grupos marginados y sugerir la coordinación de las acciones de las dependencias o entidades de la Administración Pública así como los programas dirigidos a este tipo de zonas geográficas y grupos humanos del país.”

De esta forma, surgieron varios programas de la mano de COPLAMAR, uno de ellos el Programa IMSS-COPLAMAR, mediante la firma en 1979 del convenio Instituto Mexicano del Seguro Social y COPLAMAR, con el objetivo de extender los servicios de salud a todo el territorio nacional.

En 1989 el programa cambió su nombre a IMSS-Solidaridad; en 2002 cambió a IMSS-Oportunidades; en 2014 a IMSS-PROSPERA y en 2018 a IMSS BIENESTAR. Así, como programa, el IMSS-BIENESTAR lleva funcionando de forma ininterrumpida 43 años, firmando convenidos con varios estados para llevar atención médica gratuita y medicamentos a la población más vulnerable.

Con la publicación del decreto presidencial, IMSS-BIENESTAR deja de ser un programa y toma la forma jurídica de organismo público descentralizado porque se consideró que es la mejor forma para expandir su capacidad operativa, “a fin de otorgar servicios de salud conforme a su modelo de atención, a favor de la población sin seguridad social. Lo anterior, con base en los convenios de coordinación que se suscriban con las entidades federativas, lo que permitirá coadyuvar en la construcción de un sistema público de salud único, en el territorio nacional”.

En cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 15 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el artículo 2 del Decreto establece el objetivo del nuevo organismo público descentralizado:

“Artículo 2. El IMSS-BIENESTAR tiene por objeto brindar a las personas sin afiliación a las instituciones de seguridad social atención integral gratuita médica y hospitalaria con medicamentos y demás insumos asociados, bajo criterios de universalidad e igualdad, en condiciones que les permitan el acceso progresivo, efectivo, oportuno, de calidad y sin discriminación alguna, ya sea mediante el Modelo de Atención Integral a la Salud, del Instituto Mexicano del Seguro Social o, en su caso, el Modelo de Atención a la Salud para el Bienestar, mismo que debe considerar la atención integral que vincule los servicios de salud y la acción comunitaria, según lo determine su Junta de Gobierno.

“Lo anterior, con independencia de los servicios de salud que presten otras instituciones públicas o privadas.

“El IMSS-BIENESTAR brindará los servicios de salud a las personas a que se refiere el párrafo primero, en aquellas entidades federativas con las que celebre convenios de coordinación para la transferencia de dichos servicios.”

Es incierto de dónde se ha colegido que con la creación de este organismo, la Secretaría de Salud desaparece porque tal situación no es mencionada en el decreto presidencial. Pero, además, para que una secretaría de estado desaparezca o cambie de denominación, se tiene que modificar la Ley Federal de la Administración Pública, lo que significa que tiene que pasar por un proceso legislativo ante el Congreso de la Unión.

Más información dof.gob.mx / imss.gob.mx

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