Congreso de Quintana Roo aprobó incluir la violencia vicaria, pero sin definirla como un tipo de violencia hacia las mujeres
La tarde de este 23 de agosto, en sesión extraordinaria convocada por la Comisión Permanente un día antes, el Congreso de Quinta Roo aprobó, entre otras muchas, tres iniciativas de reformas en materia de mujeres: la llamada “ley Ingrid”, la violencia vicaria y la creación del registro de agresores sexuales.
Independientemente de la premura con que estas iniciativas fueron aprobadas, los términos en que se aprobaron las reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al Código Civil, al Código Penal y a la Ley de Asistencia y Prevención de la Violencia Familiar, todas del estado de Quintana Roo, en materia de violencia vicaria, ha generado rechazo por colectivos feministas.
La iniciativa que al respecto presentó en mayo la diputada Kira Iris San, del Partido Acción Nacional, exponía que la violencia vicaria “es violencia de género” porque “el objetivo siempre es la mujer”.
Sin embargo, en la reforma aprobada en el Código Penal se dispone que “comete el delito de violencia vicaria, quien dolosamente cause un daño por sí o por interpósita persona a otra con la que mantenga o haya mantenido una relación de hecho, de concubinato o matrimonio, utilizando como medio para causar ese daño a las hijas o hijos de la víctima generándoles también a estos últimos un daño físico y/o psicoemocional”. Es decir, la violencia vicaria se puede cometer contra el padre o la madre.
Al establecer este tipo de violencia como una figura independiente del género, se aprobó establecer como agravante los casos en que la violencia vicaria sea cometida por hombres en perjuicio de mujeres.
En un comunicado publicado por el colectivo Marea Verde México, se señala que “la violencia vicaria es una iniciativa de las colectivas feministas en el país, conformadas principalmente por madres que han sufrido las consecuencias de la misma, quienes merecen reconocimiento y justicia a su lucha y que sus propuestas sean consideradas como ellas lo han propuesto.”
Para este colectivo, “la reforma debió representar un delito por razones de género y considerada como una medida de carácter temporal, correctivo, compensatorio a favor de las mujeres en específico, encaminada a crear condiciones que eliminen el contexto de poder y desequilibrio que existe entre las mujeres y los hombres.”
En la iniciativa presentada en Quintana Roo por la diputada San, se cita el estudio publicado en febrero y elaborado por la agencia Altermind y el Frente Nacional Contra la Violencia Vicaria. En este estudio se entrevistaron a 205 mujeres sobrevivientes de este tipo de violencia, concluyendo que 9 de cada 10 agresores cuentan con formas de bloquear los procesos legales de la víctima o que cuentan con recursos que favorecen los fallos a su favor, como tráfico de influencias, alargamiento del proceso legal y capacidad económica.
En México se está proponiendo que la violencia vicaria quede reconocida como un tipo de violencia de género en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Tan solo en este año, entre marzo y julio, se han presentado doce iniciativas en la Cámara de Diputados, para integrarla a la ley.
De aprobarse su inclusión en la Ley General, las legislaturas de los estados tendrán que armonizar estas sus disposiciones para que la violencia vicaria, llamada así por la psicóloga que la definió, Sonia Vaccaro, se establezca como violencia de género y solamente sea cometida de hombres a mujeres. La violencia ejercida de mujeres a hombres mediante los hijos, deberá recibir otro nombre y quedar regulada de otra forma, lo que significa que muy probablemente las recientes reformas aprobadas en Quintana Roo, tengan que ajustarse.
Más información congresoqroo.gob.mx / twitter.com/MareaVerdeMex
miabogadoenlinea.net
Se permite la reproducción parcial o total concediendo crédito y vinculando a miabogadoenlinea.net