Peatones cruzando avenida

 

La SEDATU anunció que, en cumplimiento de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, el Sistema Nacional será presentado en octubre

Esta semana, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, SEDATU, informó que en octubre se presentará el Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial (SNMySV), de conformidad con lo dispuesto en Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, publicada en el Diario Oficial de la federación el 17 de mayo de 2022.

Esta Ley tiene el objetivo de sentar las bases y principios para garantizar el derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad. Al ser una ley general, establece los lineamientos bajo los que las leyes del los estados en la materia deben guiarse, por tal motivo se ha exhortado a las legislaturas locales a armonizar sus legislaciones con la Ley General.

La Ley define como movilidad “el conjunto de desplazamientos de personas, bienes y mercancías, a través de diversos modos, orientado a satisfacer las necesidades de las personas” y por seguridad vial el “conjunto de políticas y sistemas orientados a controlar los factores de riesgo, con el fin de prevenir y reducir las muertes y lesiones graves ocasionadas por siniestros de tránsito”.

Desde 2010, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó el período 2011-2020 como el Decenio de Acción para la Seguridad Vial, con el objetivo de estabilizar y posteriormente reducir las cifras previstas de víctimas mortales en accidentes de tránsito en todo el mundo, basado en cinco pilares que son: gestión de la seguridad vial, infraestructura vial, seguridad de los vehículos, comportamiento de los usuarios de las vías de tránsito, educación para la seguridad vial y la atención después de los accidentes.

Para dar cumplimiento a estos objetivos, la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial dispone el establecimiento del Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial, que es el mecanismo de coordinación entre las autoridades competentes en materia de movilidad y seguridad vial, de los tres órdenes de gobierno, así como con los sectores de la sociedad en la materia.

El SNMySV estará integrado por representantes de las secretarías de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; Economía; de las entidades federativas; y, se podrán invitar a otras autoridades que se considere necesarias.

El Artículo Cuarto Transitorio de la Ley dispone que este Sistema debe integrarse y emitir los lineamientos para su organización y operación, en un plazo no mayor a 180 días naturales contados a partir de la entrada en vigor de la ley.

Una vez integrado, el Sistema emitirá la Estrategia Nacional de Movilidad y Seguridad Vial, en un plazo no mayor a 365 días naturales contados a partir de la entrada en vigor de la Ley y dentro de este mismo plazo las secretarías integrantes del Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial, las entidades federativas y los municipios, deberán integrar los registros, indicadores y bases de datos en materia de movilidad y seguridad vial como parte del Sistema de Información Territorial y Urbano.

Dando cumplimiento a estas obligaciones, el subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Daniel Fajardo Ortiz, anunció que han estado trabajando con autoridades de los tres órdenes de gobierno, organizaciones internacionales, empresas y sociedad civil para integrar y emitir los lineamientos de organización del SNMySV, que estará listo en octubre.

“También trabajamos en la elaboración de la Estrategia Nacional de Movilidad y Seguridad Vial (ENMySV) y esta labor no la realizamos detrás de un escritorio, lo hacemos con el apoyo de organismos internacionales, en consulta con los gobiernos locales y especialistas para que se logre transformar la realidad en la materia”, declaró el subsecretario Fajardo.

Los objetivos previstos en la Ley son importantes porque los accidentes de tráfico son una de las principales causas de muerte y heridos graves en países de ingresos medios y bajo. Cuando en 2019 se presentó la iniciativa de esta Ley, se citaron datos que en nuestro país reflejan el alcance de la problemática de no tener mecanismos de seguridad vial.

Según estas cifras, de 2015 a noviembre de 2018, 44 mil 364 personas en México murieron en accidentes de tránsito y 110 mil 427 personas resultaron lesionadas por esta misma causa.

El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública informó en 2018 que cada 24 horas mueren en el país 32 personas en accidentes de tránsito y 81 resultan lesionadas. Estas cifras incluyen tanto a personas que iban en los vehículos involucrados, así como a gente en el exterior, como peatones o ciclistas.

Para reducir estas cifras alarmantes, la Ley dispone que el sistema de movilidad debe contar con las condiciones necesarias que protejan al máximo posible la vida, salud e integridad física de las personas en sus desplazamientos por las vías públicas, para lo cual las autoridades competentes deberán privilegiar las acciones de prevención que disminuyan los factores de riesgo, a través de la generación de sistemas de movilidad con enfoque de sistemas seguros.

Más información gob.mx/sedatu /infosen.senado.gob.mx

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