Niño llorando

 

Iniciativa de ley en Quintana Roo para actualizar la ley de niñas, niños y adolescentes y prohibir el castigo corporal y humillante

El 31 de mayo, con el cierre de sesiones y de la XVI Legislatura del Congreso de Quintana Roo, se presentó una iniciativa de ley para abrogar la actual Ley de Los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de 2015 y reemplazarla con una nueva ley.

La iniciativa, presentada por la diputada Eusebia del Rosario Ortiz Yeladaqui y por el diputado Edgar Humberto Gasca Arceo, parte de la aprobación el 20 de noviembre de 1989 de la Convención sobre los Derechos del Niño y, a partir, de ahí, la regulación del tema en México con la reforma constitucional de octubre de 2011 a los artículos 4 y 73, fracción XXIX-P, que dio sustento a la expedición de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 2014.

Desde 2004, Quintana Roo cuenta con una ley de protección a la infancia y adolescencia. Esa ley fue abrogada por la publicada el 29 de abril de 2015 y ahora se pretende abrogar esa legislación para adecuar las disposiciones a la ley federal e incorporar los comentarios del Comité sobre los Derechos del Niño, órgano de 18 expertos independientes que supervisa la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño por parte de los Estados miembros.

La iniciativa presentada en Quintana Roo presenta dos aspectos novedosos, además de que regula la competencia de las autoridades estatales y municipales.

En primer lugar, la iniciativa no solo reconoce a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos, sino que reconoce que tienen la capacidad para actuar por sí mismos de manera progresiva, conforme con su desarrollo evolutivo, cognoscitivo y grado de madurez.

En la Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, se reconoce esta capacidad en el artículo 2º que dispone en la fracción II que las autoridades deben promover la participación y “tomar en cuenta la opinión y considerar los aspectos culturales, éticos, afectivos, educativos y de salud de niñas, niños y adolescentes, en todos aquellos asuntos de su incumbencia, de acuerdo a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez.”

Por otro lado, la iniciativa incorpora la prohibición del castigo físico o corporal y el castigo humillante. Desde hace varios años se inició una campaña mundial para prohibir el castigo físico en la infancia y adolescencia y en México, finalmente, este objetivo se incorporó en la mencionada Ley General en enero de 2021 con la adición de la fracción VIII al artículo 47.

La mencionada fracción reconoce el derecho de niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y crianza de madre, padre o de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, además de otras autoridades, quienes de ninguna forma están facultados para usar el castigo corporal ni el castigo humillante.

La iniciativa de ley en Quintana Roo replica la disposición de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y define el castigo corporal como todo aquel acto en el que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve.

Por su parte, el castigo humillante “es cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, y cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o humillación cometido en contra de niñas, niños y adolescentes.”

Al incorporar esta prohibición y actualizar las competencias de las autoridades estatales y municipales en materia de salud, seguridad social, acceso a la justicia y demás, Quintana Roo daría respuesta a los comentarios del Comité sobre los Derechos del Niño, que ha pedido a México que las protecciones se vean concretadas en los tres niveles de gobierno.

Ahora, tanto a nivel federal como estatal, estas protecciones tienen que verse materializadas en un tema de urgencia que es el de las desapariciones forzadas de niñas y niños, particularmente desde los 10 años, y de adolescentes.

La protección a la infancia y adolescencia es importante porque protegiéndolos, estamos asegurando un mejor presente y futuro para nuestro país.

"No hay causa que merezca más alta prioridad que la protección y el desarrollo del niño, de quien dependen la supervivencia, la estabilidad y el progreso de todas las naciones y, de hecho, de la civilización humana". Plan de Acción de la Cumbre Mundial a favor de la Infancia, 30 de septiembre de 1990.

Más información congresoqroo.gob.mx/ un.org

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