Cigarros elctrónicos

 

Se emitió alerta sanitaria máxima por uso de vapeadores, siguiendo las medidas tomadas en contra de estos dispositivos

La lucha del gobierno federal en contra de los vapeadores continúa con la expedición la semana pasada de una alerta sanitaria máxima por los riesgos que representan a la salud en todas sus modalidades, especialmente en los cartuchos que contienen acetato de vitamina E.

En el comunicado emitido por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, COFEPRIS, se explica que el acetato de vitamina E es un aditivo que se encuentra contenido en los cartuchos líquidos para los vapeadores. Cuando se calienta en los cigarrillos electrónicos se forma un compuesto reactivo que tiene el potencial de ser un irritante pulmonar que, dependiendo de la concentración utilizada, puede interferir en el funcionamiento normal del sistema respiratorio, adhiriéndose al tejido pulmonar ocasionando la formación de trombos.

Pese a que se han popularizado en el mundo como un mecanismo para dejar de fumar, no obstante la falta de evidencia científica de su efectividad, en México, ninguno de los productos catalogados como vapeadores o similares cuenta con la autorización sanitaria de COFEPRIS o reconocimiento por parte de la Secretaría de Salud como productos de riesgo reducido o como una alternativa para dejar de fumar.

Desde que en 2008 se expidió la Ley General para el Control del Tabaco, se estableció la prohibición de “Comerciar, vender, distribuir, exhibir, promocionar o producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, que contenga alguno de los elementos de la marca o cualquier tipo de diseño o señal auditiva que lo identifique con productos del tabaco”, (fracción VI, artículo 16). Se trataba de una medida que implicaba los vapeadores.

El 19 de octubre de este año, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver una contradicción de tesis entre la Primera Sala y la Segunda Sala, determinó la inconstitucionalidad de esa fracción por ser una prohibición absoluta y categórica que vulnera la libertad de comercio.

Sin embargo, una semana después, el 22 de octubre se publicaron en el Diario Oficial de la Federación reformas a la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación para prohibir la importación de cigarros electrónicos y vapeadores, contengan o no nicotina.

En este Decreto, como la alerta sanitaria emitida el 19 de mayo, se expusieron los riesgos a la salud que el vapeo o vaping implica, citando estudios de la Organización Mundial de la Salud, OMS, del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias y de la Universidad Nacional Autónoma de México que concluyen que, el uso de los Sistemas Electrónicos Alternativos de Nicotina (SEAN) y Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina (SACN), provoca enfermedades pulmonares agudas, concluyendo que hay evidencia significativa de que estos dispositivos son un problema de salud pública emergente y que deben ser evitados.

La alerta sanitaria de la semana pasada cita también resultados de investigaciones del Centro de Prevención y Control de Enfermedades de los Estados Unidos, CDC por sus siglas en inglés, y las acciones que las autoridades de ese país han tomado tras el registro de letales casos de personas con enfermedades pulmonares agudas. Entre estas acciones, el estado de California demandó a la empresa de cigarros electrónicos Juul por haber hecho publicidad ilegal a menores de edad y no haber advertido suficientemente de los riesgos de enfermedades.

Los esfuerzos por limitar el consumo de cigarros electrónicos no es un esfuerzo aislado de nuestro país. En Hong Kong, la legislatura aprobó reformas a la ley de salud pública para prohibir la importación y venta de cigarros electrónicos y de los productos de tabaco calentados para vapear, así como la manufactura local de los dispositivos y de las sustancias a ser vapeadas, como sustancias herbales, prohibiendo para tales efectos el tránsito de productos alternativos de tabaco y la prohibición de importaciones de productos para el desarrollo de esta industria.

En la alerta sanitaria de la COFEPRIS se emitieron recomendaciones para que no se usen los cigarrillos electrónicos o de vapeo en cualquiera de sus variedades u otros dispositivos que tenga como finalidad la liberación de nicotina.

Además, se anunció el fortalecimiento de las acciones de vigilancia sanitaria, incrementando el número de visitas de verificación y aseguramientos de dispositivos, especialmente aquellos localizados en puntos con mayor riesgo de ser consumidos por menores de edad.

Pese a que en la Ley General para el Control de Tabaco está prohibida la venta de cualquier producto del tabaco a través de distribuidores automáticos o máquinas expendedoras, la COFERIS está promoviendo la vigilancia y pidiendo a los ciudadanos que reporten sobre máquinas expendedoras y puntos de venta que comercialicen estos productos.

Hay quienes exponen que es inaudito que en México se pueda fumar un cigarro de marihuana, pero no uno electrónico. Sin embargo, los riesgos a la salud por inhalar el vapor del segundo exceden en mucho los riesgos de fumar el primero.

Esta vez se trata de los vapeadores. Veremos que próximamente, siguiendo los pasos de Estados Unidos, se prohibirán los cigarros mentolados, una medida que por el mayor riesgo a la salud que representan, se prohibieron desde 2013 en Finlandia y en el 2020 en la Unión Europea.

Más información gob.mx

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