COFECE sanciona a 17 clubes de la Liga MX, a la Federación Mexicana de Futbol y 8 personas físicas por coludirse en el mercado de fichaje de futbolistas
Después de casi tres años de investigación, la Comisión Federal de Competencia (COFECE) impuso multas por un total de 177.6 millones de pesos a 17 clubes de futbol de la Liga MX por su responsabilidad en la realización de prácticas monopólicas absolutas y por coadyuvar en la realización de estas, a la Federación Mexicana de Futbol (FMF o Federación) y a 8 personas físicas.
Fue en noviembre de 2018 que la Autoridad Investigadora de la COFECE informó sobre el inicio de una investigación para indagar prácticas monopólicas absolutas en el mercado de fichajes de jugadores, siendo la primera investigación relacionada con prácticas anticompetitivas en los procesos de reclutamiento y contratación de recursos humanos.
Eso significa que dos o más actores económicos, en este caso clubes de futbol, acuerdan manipular precios, dividir el mercado o restringir la oferta de un bien o servicio.
La investigación implicó el análisis sobre el reclutamiento, contratación y las políticas de los clubes para hacerse de los servicios de jugadores profesionales, especialmente lo que se conoce como el “Pacto de Caballeros”.
Este era un acuerdo de palabra entre directivos del futbol mexicano para proteger sus intereses económicos al fijar el pago de una cantidad de dinero a favor del equipo con el cual un jugador terminaba su contrato para que pudiera ser contratado por otro equipo. Esto lo justificaban por los gastos que supuestamente había implicado la formación del jugador.
En caso que el jugador negociara por su cuenta, como sucede en la mayor parte del mundo, sin hacer el pago correspondiente, no podía jugar con otro club en México. En resumen, los jugadores no podían negociar libremente su contratación. También servía para bloquear o castigar a los jugadores “rebeldes”, acabando incluso con sus carreras.
El artículo 18 del Reglamento sobre el estatuto de transferencias de jugadores de la FIFA indica que: “Un jugador profesional tendrá la libertad de firmar un contrato con otro club, si su contrato con el club actual ha vencido o vencerá dentro de un plazo de seis meses”.
En abril del 2018, la Asociación Mexicana de Futbolistas Profesionales anunció, junto con la FMF y de la Liga MX, respectivamente, que el Pacto de Caballeros terminaba y para el 2019 un nuevo reglamento de transferencias entró en vigor, pero eso no detuvo la investigación de la COFECE.
La COFECE concluyó que los clubes de futbol se coludieron para evitar o inhibir la competencia en el mercado de fichaje de futbolistas imponiendo topes máximos a los salarios de las jugadoras, lo cual profundizó aún más la brecha salarial entre mujeres y hombres futbolistas; segmentado el mercado de los jugadores al establecer un mecanismo que les impidió negociar y contratarse libremente con nuevos equipos (Pacto de Caballeros)
En cuanto al tope de salarios para las jugadoras de futbol, al crear la Liga MX Femenil en 2016, diversos clubes acordaron el establecimiento de un tope salarial en función de tres categorías: las mayores de 23 años ganarían un máximo de 2 mil pesos; las menores de 23 años, 500 pesos más un curso para su formación personal y las jugadoras de la categoría Sub-17 no tendrían ingresos, pero podrían tener ayuda de transporte, estudios y alimentación.
Este acuerdo fue sustituido por otro en la temporada 2018-2019, aumentando el tope máximo sería de 15 mil pesos y solo 4 de sus jugadoras podría ganar por arriba de tal monto, además de que los apoyos en especie no podían superar los 50 mil pesos por torneo. Adicionalmente, la Federación emitió comunicados para persuadir a los clubes a cumplir con el tope salarial, además realizaba labores para verificar su cumplimiento.
La práctica, cuya duración fue de noviembre de 2016 a mayo de 2019, constituyó un acuerdo colusorio que tuvo el objeto y efecto de manipular los precios –en este caso los salarios de las jugadoras– y evitar que los clubes compitieran por su contratación mediante mejores salarios, lo que no solo repercutió negativamente en su ingreso, sino también tuvo como consecuencia ampliar la brecha salarial por razón de género.
En cuanto al acuerdo para segmentar el mercado de fichaje de los jugadores, la COFECE señala que los 17 clubes sancionados, con la coadyuvancia de la FMF, acordaron aplicar el derecho de retención (el “pacto de caballeros”), mediante el cual cada club afiliado a la Federación registraba ante esta a los jugadores con los que tenían un contrato, pero a su vencimiento mantenían el derecho de retenerlos. Si un club distinto estaba interesado en contratar a ese futbolista, necesariamente debía obtener la autorización del primer club que lo tenía en su “inventario” y, a menudo, pagar una contraprestación por el cambio. Estos acuerdos se materializaban durante el régimen de transferencias y contrataciones para jugadores de futbol, conocido como “draft”.
La COFECE señala que la conducta constituyó un acuerdo colusorio que tuvo el objeto y efecto de segmentar el mercado de jugadores para limitar la competencia de los clubes en la contratación de estos, lo cual restringió indebidamente la movilidad de los deportistas y limitó su capacidad de negociación para obtener mejores salarios. La duración de esta conducta fue de por lo menos 10 años, de junio de 2008 a diciembre de 2018, aunque varios agentes económicos participaron por un periodo menor.
La COFECE calcula que ambas conductas generaron un daño al mercado estimado en 83 millones 375 mil pesos, por lo que el Pleno del organismo determinó imponer las sanciones.
Aunque los clubes y la FMF pueden impugnar las sanciones han dicho que no lo harán. “La FMF y los Clubes reiteran su compromiso por acatar y por no impugnar la resolución emitida por COFECE haciéndose responsables de las sanciones ahí decretadas, así como de observar el régimen de competencia y robustecer sus procedimientos internos, a fin de evitar caer en una práctica que pudiera ser perjudicial a los mercados nacionales”, indicó el organismo en un comunicado.
Asimismo, destacaron que “Ambas prácticas fueron erradicadas previo a la determinación emitida por la Cofece respecto a un posible incumplimiento con el marco normativo de competencia económica”.
Está siempre ha sido una crítica a la COFECE, la falta de oportunidad de sus sanciones.
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