Suprema Corte ha establecido que policías federales deben conservar su rango y todas sus prestaciones al incorporarse a la Guardia Nacional
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido en tres tesis aisladas que los elementos provenientes de la entonces Policía Federal conservarán su rango y todas sus prestaciones al incorporarse a la nueva institución de seguridad pública denominada Guardia Nacional.
Al resolver dos amparos en revisión, la Segunda Sala consideró que aunque los artículos Décimo Tercero y Décimo Cuarto transitorios de la Ley de la Guardia Nacional, 162, 164 y Quinto Transitorio de su reglamento, no establecen expresamente que los elementos provenientes de la Policía Federal conservarán su rango y todas sus prestaciones al incorporarse a la nueva institución de seguridad pública, no violan el artículo Tercero Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política relativas a la Guardia Nacional.
La Segunda Sala señala que la sola existencia del mandato del Constituyente Permanente en el citado artículo Tercero Transitorio basta para que, por su aplicación directa, los elementos provenientes de la Policía Federal conserven su rango y todas sus prestaciones al incorporarse a la nueva institución de seguridad pública.
Sin embargo, el máximo tribunal señaló que el Acuerdo por el que se establecen los elementos de la Policía Federal, de la Policía Militar y de la Policía Naval que integrarán la Guardia Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 2019, sí viola el mencionado artículo Tercero Transitorio al no prever que los elementos provenientes de la Policía Federal conservarán su rango y sus prestaciones.
El Acuerdo establece en su disposición primera que se asignan a la Guardia Nacional las divisiones de Fuerzas Federales y de Gendarmería de la Policía Federal y de la Policía Militar y la Policía Naval el personal que determinen por los titulares de las secretarías de la Defensa Nacional, de Marina y de Seguridad y Protección Ciudadana.
Asimismo, en su disposición tercera señala que los elementos de la Policía Militar y de la Policía Naval que sean asignados a la Guardia Nacional, entre otras condiciones, conservarán su grado, rango y todas sus prestaciones. En cuanto al personal de la Policía Federal no se hace ninguna referencia de éstas u otras condiciones de su transferencia como la antigüedad.
Así, la SCJN concluye que los miembros de la Policía Federal, en su transición a la Guardia Nacional, deberán conservar su grado y prestaciones, incluyendo remuneración ordinaria, beneficios, asignaciones, gratificaciones, retribuciones, haberes, compensaciones o cualquier otro concepto que percibían. Desde luego, en el monto, condiciones y periodicidad con las que se les pagaban.
Desde 2019, 3500 policías federales habían impugnado el acuerdo para que continuarán recibiendo sus prestaciones y conservando su rango.
Más información scjn.gob.mx
miabogadoenlinea.net
Se permite la reproducción parcial o total, concediendo crédito a miabogadoenlinea.net