Habitantes del Territorio Maya “Múuch’ Xíinbal” y el colectivo Chuun t’aan obtuvieron tres nuevas suspensiones provisionales del Tren Maya
El Juzgado Cuarto de Distrito en Yucatán concedió tres nuevas suspensiones provisionales de las obras del tramo 3 del proyecto denominado Tren Maya, al considerar que para la sociedad es un tema de relevancia que se garantice un desarrollo sustentable.
Estás tres suspensiones se suman a cinco más concedidas en los estados de Campeche, Chiapas y otra suspensión en Yucatán, ésta última impulsada también por indígenas de la entidad.
El pasado 20 de enero, la Asamblea de Defensores del Territorio Maya “Múuch’ Xíinbal” y el Colectivo Chuun t’aan Maya impugnaron la constitucionalidad de la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) aprobada por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) a favor del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) para la construcción del Tren Maya.
Los colectivos, argumentaron la violación al derecho a la información, puesto que las comunidades indígenas no tuvieron acceso en ningún momento a los estudios derivados de la MIA, y la vulneración del derecho a su adecuada participación en la determinación de las implicaciones e impactos derivados del megaproyecto del tren maya.
En las tres resoluciones la juez Miriam de Jesús Cámara Patrón consideró que la aprobación de la MIA “implica un riesgo preponderante para el ejercicio a un medio ambiente adecuado por parte de los quejosos y no sólo de estos sino de sus descendientes, ya que la naturaleza de tal derecho tiende a proyectarse hacia el futuro, buscando que, a la par de la explotación de los recursos naturales para el bien de la generación actual, también garantice el disfrute de tales recursos, responsablemente, de las generaciones futuras”.
La juzgadora detalló que la suspensión provisional es para el efecto de que no se continúen las obras de construcción del Tren Maya, hasta que se dicte la suspensión definitiva, sin que ello implique que, en el ámbito de sus competencias, las cuestiones administrativas de dicho proyecto pueden mantenerse en ejecución, ya que el alcance de esta determinación es únicamente la suspensión de trabajos de construcción que impliquen deforestación o puesta en riesgo de especies animales autóctonas de los territorios del estado.
Los argumentos planteados en los recursos de amparo impulsados por las organizaciones indígenas Múuch ‘Xiimbal y Chuun T’aan a través de sus representantes legales, abogados de Indignación, Promoción y Defensa de Derechos Humanos, se refieren a “la violación al derecho a la información”, toda vez que las comunidades a las que pertenecen los quejosos “no tuvieron acceso en ningún momento a los estudios derivados de la MIA”, y por ello no pudieron conocer los “impactos ambientales locales y regionales” que tendrá el proyecto.
Además, de acuerdo con los quejosos, con la falta de información se vulneró su derecho a la “adecuada participación” de las comunidades.
Se argumentó que las autoridades omitieron realizar “una evaluación ambiental regional que incluya todo el estudio de los impactos del proyecto de forma integral y no seccionarlo por tramos, es decir donde se determinaran los impactos acumulativos y sinérgicos o residuales ocasionados por el proyecto denominado Tren Maya en su totalidad, y no de manera fraccionada como se ha hecho”.
De acuerdo a Indignación, la juez de Distrito resolvió las suspensiones considerando que el derecho a un medio ambiente adecuado es también un derecho de las generaciones futuras, además de que reconoció que el tema ambiental es “tema de relevancia para la sociedad en general que se garantice un desarrollo sustentable”, así como de “interés social en la protección de derechos de un amplio alcance”.
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