Bomberos

 

El Pleno de la Suprema Corte concluye que es válido que se establezca que el servicio de bomberos lo proporcionen los municipios

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, efectuada a través del sistema de videoconferencia, al resolver una Controversia constitucional promovida por el Municipio de Yecapixtla, Estado de Morelos, concluyó que es válido que los congreso locales asignen a los municipios la prestación del servicio de bomberos.

Así, el alto tribunal validó los artículos 114-BIS, fracción VIII, de la Constitución Política y 123, fracción XI, de la Ley Orgánica Municipal, ambas del Estado de Morelos.

La SCJN consideró que esta determinación de la Legislatura Local deriva de la competencia que le otorga el inciso i) de la fracción III del artículo 115 de la Constitución General para encomendar a los municipios la prestación de funciones y servicios públicos no enumerados en los otros incisos de la referida fracción, de acuerdo con sus condiciones territoriales y socioeconómicas y su capacidad administrativa y financiera.

El alto tribunal aclaró que el impacto que esta decisión pueda tener en el presupuesto del municipio no implica la intromisión de la Legislatura Local en cuestiones ajenas a su competencia o la vulneración de las garantías aplicables a los recursos municipales, pues no es sino la consecuencia de que los municipios cumplan con los servicios y funciones a su cargo.

Por lo anterior, la SCJN declaró infundados los argumentos de invalidez del municipio, que destacó que la Legislatura no previó a su favor los ingresos necesarios para cubrir los gastos derivados de la operación y organización del servicio, ya que el artículo 115 constitucional, fracción IV, no advierte tal exigencia, aunado a que no existe prohibición para imponer a los municipios obligaciones que deban afrontar con los recursos a su alcance.

En el Senado de la República se ha presentado una iniciativa para que en el artículo 115 se establezca expresamente que la prestación del servicio público de bomberos quedará a cargo de los municipios.

En la exposición de motivos se destaca que en al menos 30 entidades federativas, integrantes de diversos cuerpos de bomberos no reciben remuneración económica alguna por parte del Estado mexicano, ni tienen acceso a la seguridad social, que por su trabajo de alto riesgo les correspondería, y esto es una violación a sus derechos humanos.

La iniciativa está siendo analizada en comisiones del Senado.

Más información scjn.gob.mx

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