Planta de marihuana

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), concedió una segunda prórroga para que el Congreso de la Unión legisle, antes del 15 de diciembre, sobre la despenalización del uso lúdico de la marihuana.

Si los legisladores federales no logran acuerdos sobre el tema, a pesar de las complicaciones derivadas por la pandemia de COVID-19, el máximo tribunal procederá a declarar la inconstitucionalidad de las leyes que impiden la utilización recreativa del cannabis, lo que podría suceder en los primeros meses de 2021.

Según el acuerdo firmado por el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zadívar, este segundo plazo vence el próximo 15 de diciembre.

“[T]omando en cuenta la situación derivada de la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), por unanimidad de once votos determinó: ‘ampliar la prórroga otorgada al Congreso de la Unión por el Tribunal Pleno el veintinueve de octubre de dos mil diecinueve, respecto del plazo establecido en el artículo 107, fracción II, párrafo tercero, constitucional, en relación con la declaratoria general de inconstitucionalidad 1/2018, para la aprobación de la legislación correspondiente y para el efecto de que dicha prórroga venza el último día del periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión, que transcurrirá del primero de septiembre al quince de diciembre de dos mil veinte”, señala el acuerdo firmado por el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Hace siete años, el 6 de junio de 2011, se realizó una reforma integral en materia de juicio de amparo en la que, entre otras modificaciones, se reformó la fracción II del artículo 107 constitucional que establecía que las sentencias de amparo no tenían efectos generales, por lo que los resultados únicamente beneficiaban a quien lo tramitaba.

Este principio llamado de relatividad o conocido también como “Fórmula Otero” por primera vez en la historia del Juicio de Amparo se modificó, facultando a la SCJN para que una vez que exista jurisprudencia por reiteración, es decir, cinco sentencias en el mismo sentido, le avise al poder legislativo que corresponda para que la modifique.

Si transcurridos 90 días naturales no se modifica la ley, la SCJN emitirá por mayoría de ocho votos lo que se denominó declaratoria general de inconstitucionalidad para que se “expulsen” del marco jurídico esa disposición o disposiciones consideradas inconstitucionales, tiene efectos derogatorios. Es decir, dejan de ser aplicables.

La segunda prórroga que la SCJN ha concedido al Congreso es en relación con este plazo. El proyecto de declaratoria general de inconstitucionalidad, elaborada por la ministra Norma Piña, concluye que es contraria a la Constitución la prohibición absoluta del consumo lúdico o recreativo de la mariguana, prevista en la Ley General de Salud (LGS), pues dicha medida no es necesaria para proteger la salud ni el orden público.

Si el Congreso no legisla una vez vencido el plazo, el proyecto será sometido a votación del pleno del alto tribunal, y de aprobarse, la prohibición absoluta del consumo lúdico o recreativo de la mariguana será declarada inconstitucional y eliminada de la legislación.

Cabe recordar que en octubre del 2019, a solicitud del Senado, la SCJN otorgó una primera prórroga, que venció al finalizar el primer periodo ordinario de sesiones del Congreso, el 30 de abril pasado.

Más información elsoldemexico.com.mx

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