En Colima, el Colegio de Abogados Postulantes A.C. está solicitando que los tribunales de justicia de la entidad sean reabiertos al considerar que la actividad jurisdiccional es una actividad esencial.
Desde el pasado 19 de marzo se han suspendido las labores parcialmente en los tribunales de la entidad, operando solamente guardias, sin atención al público, salvo en las materias familiar y penal, cuando se trate de casos urgentes.
El presidente de la organización, Pablo Navarrete Zamora, comentó que la reapertura de las instalaciones del Poder Judicial puede realizarse con las medidas sanitarias que establece la Organización Mundial de la Salud, con la restricción del control de ingreso de usuarios, la toma de temperatura corporal a las personas que visiten los tribunales, el uso obligatorio de cubrebocas y la implementación de la sana distancia.
Para Navarrete, la circular 15 emitida por el presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE) del 20 de abril y que extiende la suspensión parcial de la función jurisdiccional y la falta de atención al público hasta el 30 de abril, “quedando pendiente la fecha de reanudación de labores ordinarias”, sujeta a las disposiciones de las autoridades sanitarias, es “un acto que considero contrario a lo establecido por el artículo 29 constitucional” relativo a la suspensión de garantías no podrá restringirse ni suspenderse el ejercicio las garantías judiciales indispensables para la protección de derechos.
Así también, añadió, con esa determinación “se violentan derechos humanos consagrados en la Constitución Política de México, porque a la sociedad colimense se le estaría haciendo nugatorio el derecho al acceso a la impartición de justicia que tienen como gobernados”.
Navarrete destacó que conforme a jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el acceso a la justicia se considera una garantía de los gobernados del Estado mexicano, de modo tal que impedirlo se equipara a suspender una garantía constitucional, por lo que la suspensión temporal de la función jurisdiccional decretada por el pleno del STJE “resulta ser un acto que no está dentro de sus atribuciones legales, pues estaría invadiendo la esfera federal”.
Asimismo, el abogado indicó que en el decreto de suspensión de actividades emitido por el Comité Estatal de Seguridad en Salud del Gobierno del Estado de Colima, publicado en el Periódico Oficial el 3 de abril de 2020, se enlistaron como actividades esenciales las notarías públicas y despachos jurídicos para la defensa jurídica, por lo que en ese sentido la función jurisdiccional es una actividad esencial.
Por lo anterior, concluyó “… hacemos un respetuoso llamado a los honorables miembros que integran el pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Colima, a efecto de que reactiven la función jurisdiccional con las medidas y protocolos necesarios, para evitar la propagación de la pandemia que hoy enfrenta la sociedad colimense”.
El STJE no ha dado una declaración sobre esta solicitud.
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