En el Congreso del Estado de Puebla se ha presentado una iniciativa de reformas al Código Penal de la entidad para adicionar un artículo que sancione las expresiones, caricias, tocamientos, filmaciones o fotografías realizadas, sin consentimiento de la víctima, en la vía pública.
En el texto de la iniciativa se propone una sección denominada “Acoso en espacios comunitarios, de libre acceso y en el transporte público”, mismo que se incluiría el artículo 278 Decies.
El citado artículo tendría el siguiente texto: “A quien en espacios comunitarios, de libre acceso o en transporte público, asedie o acose a una persona con fines lascivos expresándose de manera verbal o física mediante la realización de actos o acciones de tipo erótico o lujuriosas como caricias, manoseos y tocamientos corporales obscenos, persecución o captación de imágenes o videos a una persona sin su consentimiento y sin que mantengan la persona acosadora y la acosada relación entre sí, se le impondrá una pena de tres meses a un año de prisión y multa de veinte hasta de cincuenta días. La pena se incrementará un tercio cuando el sujeto pasivo sea menor de edad o no tenga capacidad para comprender el significado del hecho. Este delito se perseguirá por querella de parte ofendida”.
En el documento se explica que se trata de un delito distinto al hostigamiento sexual, que es el supuesto en el que una persona valiéndose de una posición jerárquica en un ámbito laboral, docente, doméstico o de cualquier otro índole asedia a otra persona, con propuestas, utilice lenguaje lascivo con este fin o le solicite ejecutar cualquier acto de naturaleza sexual.
Asimismo, se distingue del delito de acoso sexual estipulado en donde una persona que no tenga relación alguna con la otra, lleve a cabo conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad que la pongan en riesgo o le cause un daño o sufrimiento psicoemocional que lesione su dignidad.
El objetivo es sancionar de forma específica el ‘manoseo’, toqueteos, frase vulgar dirigida a una mujer, la captura de imágenes o videos y que los hechos se den en lugares y el transporte púbicos.
Durante el 2019 se registraron 302 carpetas de investigación relacionadas con el delito de acoso sexual, siendo julio y agosto los meses donde más casos se registraron con un total de 36 denuncias en cada mes, esto según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
En los Paíse Bajos existe una ley que sanciona el acoso sexual a mujeres en las calles ya sea mediante silbidos, intimidación o siguiéndolas, está vigente desde principios de este 2018, y ya existe sentencia en el primer caso, en el que un hombre le dijo a dos mujeres: “Guapas, ¿a dónde van?”. Se trata de una frase que por si misma no es sancionada, reconoció el juez. Sin embargo, tras esta frase, el sujeto hizo ademanes con las manos, gestos de besos y se sentó muy cerca de una de las mujeres intimidándolas, lo que sí está tipificado.
Pasa a comisiones para su discusión.
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