Billetes de pesos mexicanos

 

El pasado 28 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, que incluye las reglas generales para que las plataformas de servicios digitales como Amazon, Uber, Airbnb y similares, puedan retener los impuestos sobre la renta y al valor agregado a partir de julio de este año.

En un comunicado del pasado 3 de enero de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) se señaló que “En línea con el compromiso de la SHCP y el SAT de hacer cada vez más simple el pago de impuestos y acercar la administración tributaria a los contribuyentes, se publicaron las reglas que requieren requisitos que facilitan el cumplimiento tributario de las plataformas digitales, incluso para los que no cuenten con establecimiento permanente en el país”.

De acuerdo con lo publicado, los residentes en el extranjero que proporcionan en el país servicios digitales, como plataformas de video en streaming, requieren inscribirse en un Registro Federal de Contribuyentes específico para ellos, tramitar el certificado de la e.firma y designar un representante legal para proporcionar un domicilio en el territorio mexicano.

El SAT publicará bimestralmente, tanto en su portal como en el Diario Oficial de la Federación (DOF), a más tardar los primeros 10 días de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre de cada año el listado de los residentes en el extranjero que tiene servicios digitales en el país.

Las plataformas digitales extranjeras serán retenedoras del ISR y del IVA, conforme a las reglas, con lo que según las autoridades fiscales se tendrá un mejor cumplimiento tributario.

 “Con la publicación de las reglas operativas, que forman parte de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2020, las plataformas digitales contarán con un período de transición de seis meses antes de comenzar a cumplir con las disposiciones legales en materia de economía digital para el 1 de julio de este año ", indicó Hacienda.

Inicialmente, la propuesta del Ejecutivo era que estas disposiciones entraran en vigor a partir de abril, pero tras la discusión del Paquete Económico, los legisladores decidieron ampliar el período de gracia.

A partir de julio todas las compras realizadas en estas plataformas serán gravadas con IVA, mientras que los ingresos que los contribuyentes, como vendedores, choferes o quienes alquilan sus hogares, generen en los móviles, se les retendrá el ISR.

Hacienda agregó que las medidas tienen como objetivo facilitar el cumplimiento de impuestos que ya existen. Además, enfatizó que no se contempla crear impuestos o aumentar las tasas de impuestos.

La Secretaría de Hacienda especificó el programa piloto que se firmó el año pasado entre el SAT y las plataformas de entrega de comida y servicios de transporte de combustible importante para darle forma a esta propuesta. 

“El programa piloto que de manera conjunta la Secretaría de Hacienda, el SAT y las principales plataformas de transporte iniciaron en el segundo semestre del año pasado fue un pilar importante en el diseño de las reglas operativas publicadas recientemente por el SAT. En ese sentido, es importante reconocer la participación y plena colaboración de plataformas como Uber, Cabify, Beat y Sin Delantal, para el programa piloto de retención resultante exitoso”.

Más información eleconomista.com.mx

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