Violencia hacía la mujer

 

El Congreso de la Ciudad de México aprobó por unanimidad un paquete de reformas al al Código Penal local y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en la capital del país que busca castigar la violencia digital contra las mujeres.

La reforma incluye la figura de “violencia digital” y sanciona a quien  “por cualquier medio, difunda, exponga, divulgue, almacene, comparta, distribuya, compile, comercie, solicite, haga circular, oferte o publique, o amenace con difundir, imágenes, audios o videos contenido real, manipulado y/o alterado de una persona desnuda parcial o totalmente o cualquier contenido erótico o sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima”.

Las penas van de cuatro a ocho años de prisión y multas de mil a dos mil unidades de medida y actualización.

Además las autoridades podrán ordenar a la empresa de prestación de servicios digitales o informáticos, servidor de internet, red social, administrador o titular de la plataforma digital o medio de comunicación “el retiro inmediato de la publicación que se realizó sin consentimiento de la víctima”.

La reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México define a la violencia digital como cualquier “acto que se presenta a través de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), plataformas de internet, redes sociales o correo electrónico, o cualquier otro espacio digitalizado que atente contra la integridad, la dignidad, la intimidad, la libertad, la vida privada de las mujeres”.

Dispone también que este tipo de violencia se manifiesta mediante el acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, divulgación de información apócrifa, mensajes de odio, difusión sin consentimiento de contenido íntimo, textos, fotografías, videos y/o datos personales u otras impresiones gráficas o sonoras verdaderas o alteradas.

La CDMX es la entidad 13 que aprueba la iniciativa impulsada por el Frente Nacional por la Sororidad, iniciado por la activista Olimpia Coral Melo,  que celebró la aprobación al afirmar que es una ley hecha por las víctimas.

Olimpia fue víctima de acoso cibernético y violación contra la intimidad sexual en 2012, tras la difusión por parte de su ex pareja de videos personales que se viralizaron en las redes sociales, conocidos como sexting y revenge porn, lo cual violó sus derechos a la intimidad, a la personalidad y a la libre sexualidad.

La Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) advirtió que el paquete de reformas contiene graves deficiencias que pueden revictimizar a las mujeres que la denuncian, además de que establece penas desproporcionadas, que incluye conductas que ya son sancionadas como las amenazas y la extorsión, que establece un nuevo tipo penal innecesario y que puede dificultar gravemente la persecución de delitos como abuso sexual, abuso sexual y acoso sexual en contra de menores de doce años de edad, corrupción de personas menores de edad, turismo sexual y pornografía y las facultades del Ministerio Público para ordenar la interrupción, bloqueo, destrucción o eliminación de imágenes, audios o videos en Internet, incluso de manera cautelar, puede re victimizar a las mujeres que denuncian llevar a la pérdida de evidencia, entre otros riesgos.

La organización Artículo 19 también sostuvo que el dictamen aprobado es “abiertamente contrario a los estándares internacionales de derechos humanos, e inhibe particularmente el ejercicio de la libertad de expresión e imposibilita el ejercicio efectivo del derecho a la igualdad”.

Más información animalpolitico.com

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