Consumo de cocaína

 

Mediante un comunicado de prensa, la asociación civil México Unido Contra la Delincuencia (MUCD) informó que obtuvo dos amparos que ordenan a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) autorizar la posesión, transporte, empleo y uso de cocaína, excluyendo todo acto de comercio.

Los casos fueron promovidos después de que se presentaron solicitudes a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios para poder hacer “uso personal adulto” de cocaína. Las solicitudes no fueron atendidas, por lo que los solicitantes promovieron ante los tribunales federales un juicio de amparo indirecto alegando que la prohibición del uso de cocaína vulnera el “libre desarrollo de la personalidad reconocido en el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

En la sentencia el juzgador establece que las personas son libres de escoger realizar determinadas actividades lúdicas o recreativas “Aquella elección puede incluir la ingesta o el consumo de sustancias (drogas) que produzcan experiencias que en algún sentido ‘afecten’ los pensamientos, las emociones y/o las sensaciones de la persona”, dice el fallo.

“La ingesta de cocaína puede tener distintas finalidades entre las que se incluyen el alivio de la tensión, la intensificación de las percepciones o el deseo de nuevas experiencias personales y espirituales”, asegura el juez. 

Así, el juzgado concluye que la prohibición total contenida en los artículos 235, último párrafo, 236, 237 y 290 de la Ley General de Salud incide en el contenido del derecho al libre desarrollo de la personalidad, toda vez que constituye un obstáculo jurídico que impide ejercer el derecho a decidir qué tipo de actividades recreativas o lúdicas se desean realizar, al tiempo que también impide llevar a cabo lícitamente todas las acciones o actividades necesarias para poder materializar esa elección a través del autoconsumo.

En su argumentación, el juez entra a valorar el conflicto entre los objetivos de la Ley General de Salud, que busca proteger ‘la salud y el orden público’ con la prohibición del consumo de cocaína, y la demanda de la quejosa de que el veto contraviene sus derechos constitucionales.

La sentencia alerta que la cocaína es una sustancia ‘adictiva’, y que el consumidor corre el riesgo de sufrir dependencia por alto consumo de la misma, sin embargo, apoyándose en un informe de la Comisión Nacional contra las Adicciones sobre los efectos que tiene el consumo en dosis bajas, dosis altas y crónico, señala que “el consumo de cocaína no supone un riesgo importante para la salud, salvo en el caso de que se utilice de forma crónica y excesiva”. 

“Este juzgado federal determina que la medida legislativa consistente en la prohibición absoluta del consumo lúdico de cocaína no es necesaria porque existen alternativas igualmente idóneas para procurar la salud de los consumidores y proteger a la sociedad, pero menos lesivas; como puede ser el autoconsumo controlado de la droga, en espacios privados, alejado de menores de edad y sin incitación de terceros a consumir. Estas alternativas garantizan: por una parte, la salud y el bienestar social; y por otra, el deseo de los consumidores de ingerir la cocaína”, dice el fallo.

MUCD señala que estos amparos forman parte de una estrategia jurídica que  busca terminar con la “guerra contra las drogas” consistente con el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2023 en donde se reconoce que el modelo prohibicionista criminaliza a los consumidores, genera violencia y debe reformularse.

“Llevamos años trabajando por un México más seguro, justo y en paz, y con este caso insistimos en la necesidad de dejar de criminalizar a usuarios de otras drogas que no son la marihuana y diseñar mejores políticas públicas que exploren todas las opciones disponibles, incluida la regulación” dijo Lisa Sánchez, directora de la organización.

En el comunicado la organización puntualiza que estos amparos no legalizan la cocaína, además de que fueron impugnados por la autoridad ante un Tribunal Colegiado, por lo que no se trata de decisiones firmes.

MUCD no plantea su masificación o la búsqueda de la jurisprudencia. Sin embargo, considera que “son un paso histórico en el entendimiento del fenómeno drogas por parte del poder judicial y una oportunidad única para abogar nuevamente por el fin de la guerra y la reorientación de los recursos públicos hacia la prevención y sanción de los delitos de alto impacto como el homicidio, el secuestro, la violación y la extorsión”.

Más información animalpolitico.com

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