Una iniciativa presentada en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión propone que se incluya un nuevo delito en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para que se considere la violencia digital.
Se propone que sea tipificado y castigado el uso de tecnologías de la información para causar algún daño psicológico, emocional, sexual, económico, en su reputación o en su patrimonio.
Asimismo, prevé que en la violencia en la comunidad, que “son los actos individuales o colectivos que transgreden derechos fundamentales de las mujeres y propician su denigración, discriminación, marginación o exclusión en el ámbito público”, también se incluya la violencia digital.
La legisladora que presenta la iniciativa argumenta que en México existen 90 millones de usuarios de Internet y una gran parte de ellos cuenta con algún aparato telefónico que tiene cámara fotográfica o de video, mismas que en múltiples ocasiones han sido usadas para exhibir en situaciones poco cómodas o vergonzosas a las personas.
En la exposición de motivos se destaca que la apertura al uso de nuevas tecnologías, a los medios de comunicación y a las plataformas electrónicas, sin duda ha facilitado la existencia y desarrollo de relaciones interpersonales, pero también a llevado a que las tecnologías de la información y comunicación se utilicen para prácticas deleznables como es el ciberacoso, la extorsión, la suplantación de identidad, la vulnerabilidad por amenazas y la intimidación, etcétera.
Algunas de estas prácticas implican la propagación de material o información delicada sobre una persona, como pueden ser imágenes, videos, mensajería privada, entre otras, que pueden ser de índole personal o íntima y cuya divulgación puede causar graves afectaciones a la personas involucradas.
Estas prácticas forman parte de un fenómeno que se ha denominado “violencia digital" al ser realizadas e instigadas por el uso de tecnologías de la información, cuyas consecuencias pueden ser daños psicológicos importantes.
El documento cita a la Asociación para el Progreso de las Comunicaciones, agrupación que destaca que la violencia relacionada con las tecnologías contra las mujeres en México ha ido en aumento y se coloca como un tema de preocupación pública cada vez con más fuerza, puesto que tiene como consecuencia el daño psicológico y emocional, refuerza los prejuicios, daña la reputación, causa pérdidas económicas y plantea barreras a la participación pública y puede conducir a formas de violencia sexual u otras formas de violencia física.
La exposición de motivos también destaca que según estadísticas del INEGI son las mujeres entre los 12 a los 39 años de edad las que se encuentran mayormente expuestas a sufrir ciberacoso.
El documento concluye señalando que es necesario considerar en el catálogo de tipos de violencia de la Ley el término “violencia digital”, puesto que “como lo expresa Eulalia Lledó ‘Lo que no se nombra, no existe’.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Igualdad de Género de la Cámara de Diputados para su análisis.
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