Perro criollo

 

Un juez dictó prisión preventiva de seis meses a un hombre que mató por ahorcamiento a un perro conocido como Viejito lindo, al cumplirse el supuesto previsto en el artículo 19 constitucional de cometer el delito con medios violentos.

El caso inició el 21 de abril en la ciudad de Veracruz cuando un hombre que mantuvo en condiciones deplorables a un perro durante ocho años, se negó a entregarlo a una sociedad protectora de animales, arrastrando a Viejito lindo por un pasillo, para terminar ahorcándolo con una soga, quitándole la vida. Los hechos quedaron registrados en un video que se hizo viral.

De inmediato la organización civil denunció los hechos a la policía, la cual se presentó en el lugar, pero se negó a detener al responsable alegando que no había motivos para ello.

El caso generó diversas protestas en la ciudad en las semanas siguientes, exigiendo la aplicación del artículo 264 Quáter del Código Penal de la entidad que establece una pena de prisión de uno a tres años de prisión y multa de doscientos a cuatrocientos días de salario mínimo al que intencionalmente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal provocándole la muerte.

Pero además, esa pena puede incrementarse en una mitad si se prolonga la agonía o el sufrimiento del animal; se utilizan métodos de extrema crueldad; el hecho se capta en imágenes, fotografía o videograbaciones para hacerlos públicos por cualquier medio; si matan al animal en presencia de un menor de edad. Se define como métodos de extrema crueldad todos aquellos que ocasionen daños, que provoquen dolor o mutilación innecesarios y evitables o que conduzcan a una muerte no inmediata.

Además el responsable debe recibir asistencia psicológica obligatoria por el tiempo que determine el juez.

En las protestas no sólo se exigía justicia para este perro, sino para todos aquellos animales que han sido víctimas de maltrato y muerte a manos de sus dueños o terceros.

Finalmente, una comisión de los activistas fueron recibidos por el fiscal Especializado en Delitos Ambientales y contra los Animales (Fedayca), Andrés de la Parra Trujillo, que dio inició a la carpeta de investigación correspondiente.

El día de ayer, y tras cuatro audiencias, el juez de control dictó seis meses de prisión preventiva oficiosa al responsable. El próximo día 11 se definirá si el probable agresor del perro es vinculado o no a proceso, que enfrentará privado de su libertad.

El director de Medio Ambiente y Protección Animal, José Ángel Capetillo Victoriano,  confirmó la medida cautelar y refirió que entre los elementos determinantes para que establecieran prisión preventiva fue lo argumentado por la Fiscalía de que el imputado le quitó la vida al perro con una soga.

Se trata de la primera vez en el estado y a nivel nacional de la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa en un caso de maltrato animal.

El segundo párrafo del artículo 19 constitucional establece en su segundo párrafo los supuestos para dictar la suspensión oficiosa, entre los que se encuentra delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos.

Ya veremos si la prisión oficios en este caso se sostiene.

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