La Cámara de Senadores del Congreso de la Unión aprobó una reforma constitucional para que la dignidad en la protección a la salud y los cuidados paliativos sean incluidos en el artículo 4 constitucional.
Los cuidados paliativos son los que se ofrecen a los pacientes con enfermedades terminales, es decir, con una expectativa de vida menor de seis meses y no se trata de ninguna manera de aceptar la eutanasia, la cual sigue considerándose un homicidio, o el suicidio asistido, sino que se refiere a los cuidados para evitar o aminorar el dolor de estas personas.
México tiene una historia de más de 47 años en la promoción de los cuidados paliativos que inició al inaugurarse el año de 1972 la Unidad de Medicina del Dolor en el Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición "Salvador Zubirán” hasta llegar al 5 de enero del 2009 cuando se adicionó a la Ley General de Salud, el Título Octavo Bis, De los Cuidados Paliativos a los Enfermos en Situación Terminal, donde se puntualiza evitar el sufrimiento del enfermo terminal, aceptar los límites entre el tratamiento curativo y el paliativo, controlar el dolor y atender los aspectos psicosociales y espirituales.
Se establece como objetivo específico de este capítulo “Salvaguardar la dignidad de los enfermos en situación terminal, para garantizar una vida de calidad a través de los cuidados y atenciones médicas, necesarios para ello”.
Asimismo, se otorga el derecho a los pacientes y familiares de obtener toda la información por parte de los médicos sobre el estado de salud, alternativas médicas y saber cuándo un tratamiento no está funcionando.
Ahora, diez años después, se busca elevar este derecho a nivel constitucional, modificando el cuarto párrafo del artículo 4 y ampliar el derecho a la salud en los siguientes términos: “Toda persona tiene derecho a la protección de su salud en condiciones de dignidad. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud incluyendo los cuidados paliativos multidisciplinarios ante enfermedades en situación terminal, limitantes o amenazantes a la vida, así como la utilización de los medicamentos controlados…”
El dictamen fue remitido a la Cámara de Diputados para su discusión.
La gran pregunta planteada hace diez años en este espacio adquiere otra vez vigencia ¿en el sector salud se van a organizar de tal manera que en efecto garantice la protección de la salud en condiciones de dignidad?
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