Birret y mazo

 

El Tibunal Colegiado en Materia de Trabajo del Noveno Circuito en San Luis Potosí otorgó el amparo a una familia de jornaleros agrícolas del pueblo Ñuu Saavi que sufrió un accidente carretero en el altiplano potosino en la carretera México-Piedras Negras.

Los hechos ocurrieron el 3 de julio de 2014 cuando una camioneta de redilas sin placas, que circulaba en la carretera México-Piedras Negras, y en la que se trasladaban 42 personas, se volcó, falleciendo tres menores y 18 personas resultaron heridas.

Los jornaleros demandaron en la Junta Especial 2 de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje al propietario del rancho “El Ebanito”, Jesús Zárate, para el que trabajaban, a fin de que se les pagara la indemnización prevista en la ley.

En febrero de 2018 la Junta Especial 2 de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en Matehuala absolvió al empresario de cubrir las indemnizaciones tras el accidente.

Apoyados por la Clínica de Litigio Estratégico en Derechos Humanos de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, el Centro de Derechos Humanos Samuel Ruiz, Tlachinollan Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Respuesta Alternativa A.C. y la Unión Nacional de Jornaleros Agrícolas, una de las familias promovió un juicio de amparo.

Las organizaciones expusieron durante sus comparecencias ante la Junta Especial, que Jesús Zárate negó ser el patrón de las familias afectadas e incluso rechazó ser el propietario del rancho “El Ebanito” donde laboraban pese a que se encuentra registrado y fue el sitio en el que el propio empresario recibió las notificaciones para presentarse a la Junta.

Asimismo, indicaron que Zárate abandonó y despidió a los jornaleros cuando convalecían en el hospital, para después ofrecerles indemnizaciones mínimas, que presuntamente fueron validadas por personal del gobierno del estado.

Con esta sentencia la Junta de Conciliación deberá dictar un nuevo laudo que obligue al patrón a pagar las indemnizaciones correspondientes.

En el proceso ante la Junta se presentaron irregularidades como que las víctimas no contaron con un intérprete y la garantía de que se les explicaran sus opciones legales, y que la autoridad de la Junta Especial alargó el proceso, actuando de forma parcial en el caso.

Más información proceso.com.mx

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