El titular del Ejecutivo Federal presentó una iniciativa de reformas a la Ley de Instituciones de Crédito y al Código Civil Federal para que a partir de los 15 años cumplidos los adolescentes tengan el derecho y la posibilidad de abrir cuentas de depósito bancario, sin intervención de quienes ejercen la patria potestad o tutela.
En la exposición de motivos se explica que como parte de las acciones de apoyo social que esta administración ha decidido implementar se encuentra el otorgamiento de apoyos económicos a estudiantes que estén cursando el bachillerato en escuelas públicas.
Sin embargo, el marco jurídico actual sólo permite apertura de cuentas a las personas mayores de 18 años de edad y en el caso de los menores deben hacerlo a través de quienes ejercen la patria potestad o de sus tutores, quienes fungen como representantes y titulares de esas cuentas, administrándolas, toda vez que los menores de edad no pueden disponer libremente de sus bienes ni contratar por sí mismos.
La iniciativa propone que las personas de entre 15 años cumplidos y menores de 18 años de edad puedan abrir por si mismos sus cuentas y que así estén en posibilidad de recibir directamente los apoyos sociales e iniciar con su bancarización a una edad más temprana.
En la exposición de motivos se destaca que según cifra del INEGI, en México existe un universo de 2.4 millones de jóvenes entre 16 y 18 años que forman parte de la población económicamente activa, que requieren contar con una cuenta que pueda ser administrada libre y directamente por ellos.
En la iniciativa se propone modificar la Ley de Instituciones de Crédito para sustituir “menores” y “menor de edad” por “adolescentes”. Así mismo, se propone que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores determine el tipo de identificaciones que serán aceptables en estos casos, cuando no se cuente con una identificación oficial.
Asimismo se establece que dichas cuentas deberán estar acotadas en cuanto a las operaciones y montos con que podrán operar, conforme a lo que establezca el Banco de México (Banxico) y no se podrán contratar préstamos o créditos con cargo a dichas cuentas.
Asimismo se reforman los artículos 430 y 635, y se adiciona un párrafo al artículo 23 del Código Civil Federal para reflejar las reformas a la Ley de Instituciones de Crédito y que los adolescentes puedan administrar y hacer uso libremente de los fondos de dichas cuentas.
Actualización: La iniciativa fue aprobada, por lo que las reformas correspondientes se publicaron en el Diario Ofical de la Federación el pasado 27 de marzo de 2020
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