Al resolver un amparo directo en revisión, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que la infidelidad sexual en el matrimonio, por sí misma, no puede ser considerada un hecho ilícito para efecto de sustentar una condena por daño moral, por lo que tampoco amerita indemnización económica.
La Primera Sala establece que la fidelidad sexual en el matrimonio es un deber jurídico de carácter personal y de contenido esencialmente moral que no se encuentra regulado, que depende de la autonomía de la voluntad de los cónyuges y cuya observancia no puede ser exigida coactivamente; por ende, esa conducta no puede estar sujeta al control judicial.
Asimismo, para la SCJN resulta relevante tener en cuenta que este deber conyugal se sustenta en el vínculo sentimental y afectivo de la pareja, aspecto de la vida conyugal que se ciñe a su intimidad, de manera que los acuerdos conforme a los cuales deciden vivir la vida en común atañen a ambos y preponderantemente son inherentes a ese ámbito.
Por otra parte, la libertad sexual es una expresión del derecho al libre desarrollo de la personalidad, un derecho personalísimo, por ende, tiene como condición inherente la autonomía de la voluntad, por lo que las decisiones en el tema son de acuerdo con la ética o moral personal, es decir, conforme a los valores, creencias e ideas que el individuo tenga para normar su comportamiento sexual y conforme a la propia responsabilidad personal; con la única condición de que no interfiera o trastoque los derechos sexuales de la otra persona con la que se tiene relaciones o que pueda dar lugar a conductas delictivas.
En ese sentido, la conducta de infidelidad sexual es una expresión del ejercicio pleno del derecho al libre desarrollo de la personalidad y del derecho de libertad sexual de los cónyuges, por lo que aun cuando pueda generar afectaciones morales en los sentimientos y emociones del otro cónyuge, no puede tener consecuencias bajo las reglas de la responsabilidad civil y dar lugar a una indemnización ya que se afectarían esos derechos humanos.
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