Mazo y birrete

El Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas otorgó un amparo a efecto de que el delegado de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU) en Chiapas informe a la quejosa sobre el apoyo para la reconstrucción de su vivienda afectada por el sismo de 8.2 grados ocurrido el 7 de septiembre de 2017.

La sentencia establece que la autoridad responsable vulneró el derecho de petición al omitir dar respuesta al escrito presentado por la interesada de fecha 7 de mayo de 2018, en el que, tras aportar el recibo de evaluación de daños de su vivienda, solicitaba saber cuándo se le entregarían los recursos económicos correspondientes a la primera y segunda partes del apoyo parcial para la reconstrucción.

La SEDATU en Chiapas omitió pronunciarse de manera congruente, rápida y, sobre todo, fundada y motivada, respecto de los motivos por los cuales es o no procedente dicha solicitud, vulnerando así el derecho de petición previsto en el artículo 8° constitucional.

En la sentencia también se precisa que al no darse respuesta a la ciudadana, también violentó el derecho humano que tiene toda familia a disfrutar de una vivienda digna y decorosa, reconocido en la Carta Magna, así como en diversos instrumentos internacionales suscritos por México, que establecen la obligación del Estado mexicano de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

La sentencia puntualiza que la autoridad responsable deberá tomar en cuenta que el derecho a una vivienda digna está tutelado por el Estado, por lo que al dar respuesta deberá partir de una interpretación que favorezca a la protección más amplia de la quejosa.

Entre los efectos de la concesión del amparo, están el que la autoridad responsable informe a la quejosa cuándo recibirá los recursos o, en su caso, le exponga de manera fundada y motivada por qué no procede la solicitud de apoyo de recursos para la reconstrucción de su vivienda.

Más información cjf.gob.mx

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