Balanza judicial

El Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Sinaloa, con sede en Los Mochis, ha prohibido en lo que es la tercera ocasión, el ingreso a nuestro país de papa fresca proveniente de Estados Unidos de Norteamérica por poner en riesgo la soberanía y seguridad nacional, así comoel derecho a la alimentación. La primera ocasión fue en junio de 2016.

El juez también ha ordenado incluir medidas fitosanitarias para mitigar el riesgo de importación del tubérculo.

La sentencia, una vez más, se sustenta en el principio in dubio pro natura, el derecho a la alimentación, la soberanía y la seguridad nacional, así como los potenciales riesgos de dependencia alimentaria que conlleva el ingreso de la papa americana a México. Además se aplica el concepto de internacionalización, principio pro persona, interés legítimo, eficacia  horizontal de los derechos humanos, justiciabilidad de los derechos sociales y demandas colectivas.

Se precisa también que los actos reclamados ponen en riesgo el cultivo de chile, tomate, berenjena y tabaco, ya que las plagas de la papa también pueden afectar estos cultivos.

Tras declarar inconstitucionales los artículos 54, 55, apartado A, fracciones XX a XXXI, y noveno transitorio del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, dentro del juicio de amparo 545/2017, el juez ponderó la superioridad económica de los productores norteamericanos de papa que cuentan con apoyos gubernamentales, las falsas premisas emanadas de la ideología relativa a que es mejor importar alimentos básicos que incentivar su producción y la violación a la seguridad nacional.

La sentencia establece que dichos factores, al interactuar unos con otros, conducen a la dependencia alimentaria hacia una potencia extranjera.

“Potencia que en épocas recientes ha institucionalizado políticas hostiles hacia México y que en la hipótesis de obtener dominio sobre el mercado nacional, sería la única proveedora de dicho tubérculo, a la par de la desaparición de un sector productivo estratégico para nuestro país”, detalla el fallo.

Por tanto, se reconoce que el ingreso de papa fresca de Estados Unidos vulnera el derecho humano a la alimentación, es contrario a la soberanía nacional consagrada en el artículo 39 constitucional y atenta contra la seguridad nacional, al ocasionar dependencia alimentaria.

Añade el juez federal, que constituye un asunto de seguridad nacional proteger la planta productiva de alimentos de primera necesidad, como lo es la producción de papa, ya que su destrucción debilita al Estado mexicano como nación, haciéndola depender de otro país para satisfacer la demanda alimentaria.

El juez advirtió que de abrirse la frontera sin control alguno, como lo pretende hacer la autoridad responsable, bajo la bandera del libre comercio y sin considerar las consecuencias fitosanitarias, la pérdida de la soberanía alimentaria es un escenario posible.

Señala que es materia de seguridad nacional evitar daños irreparables al suelo mexicano, por lo que las autoridades responsables deben defender la producción nacional frente a presiones comerciales que, por un lado, buscan evadir el control fitosanitario y, por el otro, generar condiciones necesarias para ejercer control alimentario sobre México.

Más información cjf.gob.mx

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