La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó modificar, por mayoría de votos, el acuerdo INE/CG511/2018 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), por el cual se determinan los efectos jurídicos de los votos a favor de Margarita Ester Zavala Gómez del Campo.

Ante su renuncia a la candidatura independiente a la presidencia de la República, el INE determinó que los votos emitidos a su favor debían ser considerados como votos a favor de candidatos no registrados.

El Partido Acción Nacional (PAN) y la coalición “Por México al Frente” impugnaron la decisión con distintos argumentos.

La Sala Superior señaló que, ante escenarios de renuncia a las candidaturas, lo ordinario sería la adecuación de la boleta electoral. Sin embargo, coincidió con el INE en que dado lo avanzado del proceso de la impresión de las boletas, el tiempo necesario para realizar la reimpresión, al menos 12 días para la fabricación de papel seguridad, así como la anticipación con la que las boletas deben estar entregadas a los presidentes de mesa directiva de casilla, era materialmente imposible realizar los ajustes.

Por otra parte, el Pleno consideró que el recuadro correspondiente a esta candidatura debe ser considerado como si fuera en blanco, por lo que las marcas realizadas en el recuadro correspondiente deberán tratarse como votos nulos, tal y como sería el caso de cualquier otra marca colocada en un espacio que no corresponde a una candidatura válidamente registrada.

El TRIFE también estableció que si se cruza el recuadro correspondiente a Margarita Zavala y en otro diverso de un candidato registrado, en realidad implica la intención de voto respecto de este último. Es decir, cuando en la boleta electoral se marquen dos opciones de voto que involucren el recuadro de la ciudadana que canceló su registro y otro correspondiente a un candidato aun en la contienda, se debe considerar que el voto emitido en favor del candidato con registro es válido.

Finalmente, la Sala Superior estimó que el INE debe implementar mayores esfuerzos informativos sobre la forma de votar, por lo que ordenó que se utilicen los tiempos a su disposición en radio y televisión para explicar los alcances del voto, considerando la manera en que está configurada la boleta electoral a utilizar.

Más información portal.te.gob.mx

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