La Corte admitió a revisión el juicio de inconstitucionalidad promovido por la Comisión Nacional de Derechos humanos en contra de las recientes reformas al artículo 322 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, que permite que un juez en el Distrito Federal tenga por confesas a las personas que se nieguen a declarar en un proceso civil.
Esta disposición prevé específicamente que “…el que deba absolver posiciones será declarado confeso: 1º. Cuando se abstenga sin justa causa de comparecer cuando fue citado para hacerlo, en cuyo caso la declaración se hará de oficio, siempre y cuando se encuentre exhibido con anterioridad al desahogo de la prueba el pliego de posiciones; 2º. Cuando se niegue a declarar; 3º. Cuando al hacerlo insista en no responder afirmativa o negativamente.”
La Comisión considera que una persona por razones profesionales y éticas, tiene en algunos casos el derecho de excusarse y mantener en secreto el origen de la información de que disponen.
En esta demanda se hace especial énfasis en el derecho de los periodistas para no revelar sus fuentes, como consecuencia de la ética que exige el ejercicio de su profesión, por lo que el derecho de un periodista a mantener en secreto el origen de una información debe ser tutelado y protegido en todos los ámbitos de la administración de justicia.
Cabe destacar que esta disposición es semejante a la que se incluye en otras disposiciones como el Código de Procedimientos Civiles de Zacatecas, Durango, Baja California, Sonora, Oaxaca, entre otros, y que la reforma únicamente modificó el punto uno del artículo citado.
Ahora corresponde a la Corte definir si esta disposición viola la Constitución Política.
Fuente: El Universal
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