Estetoscopio

Esta semana, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó incluir en la Ley General de Salud la objeción de conciencia para que el personal médico y de enfermería del Sistema Nacional de Salud pueda excusarse de participar en intervenciones o prestación de servicios que contravengan sus principios o convicciones personales religiosas o cosmovisión de la vida.

La reforma establece que “el personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Nacional de Salud podrán ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esta ley”.

En las reformas aprobadas se establece que cuando está en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica, no podrá invocarse la objeción de conciencia, en caso contrario se incurrirá en el causal de responsabilidad profesional.

Asimismo, se establece que el ejercicio de objeción de conciencia no derivará en ningún tipo de discriminación laboral.

La objeción de conciencia se considera que es un derecho humano derivado de los derechos humanos de libertad religiosa, de pensamiento y de conciencia, reconocidos tanto en la Declaración Universal de Derechos Humanos como en todos los instrumentos internacionales sobre derechos humanos.

En el ámbito nacional, la objeción de conciencia está regulada en lo general en el estado de Jalisco. En la Ciudad de México, cuando se despenalizó el aborto en 2004, se reconoció el derecho de objeción de conciencia para no participar en la interrupción de un embarazo a todo el personal de salud, pero en 2009 este se limitó sólo a los médicos. En la Ciudad de México al menos 89 % de los médicos han ejercido este derecho.

La Ley de Voluntad Anticipada en la Ciudad de México en el artículo 42 también reconoce el derecho de objeción de conciencia al personal de salud en la atención de pacientes terminales.

En el ámbito federal, la NOM-046-SSA2-2005 reconoce en el inciso 6.4.2.7 el derecho de objeción de conciencia de médicos y enfermeras para la práctica del aborto en los casos de violación.

En un comunicado la Alianza por el Derecho a Decidir señaló que la laicidad del Estado exige dejar fuera de las leyes las creencias religiosas. Hacer lo contrario puede llevarnos a manipular la “libertad religiosa” para justificar la discriminación, como sucede hoy en Estados Unidos donde las empresas podrán “objetar” para excluir el pago de anticonceptivos en el seguro médico de sus empleadas.

La iniciativa ahora será analizada en la Cámara de Senadores para que se convierta, en su caso, en ley vigente.

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