La Corte Suprema de Japón confirmó dos sentencias separadas del Tribunal Superior de Tokio en las que se conmuta las sentencias de pena de muerte dictadas por cortes de distrito de jurado popular o de escabinado en Chiba y Tokio, por cadena perpetua, siendo la primera vez que la Suprema Corte anula sentencias de pena de muerte dictadas por jurado popular desde que esta figura fue re implementada en el sistema judicial japonés en 2009.
El sistema de escabinado o de jurado popular existió en Japón hasta 1943 cuando se detuvieron estos procesos por la Segunda Guerra Mundial. Se aprobaron legalmente nuevamente en el 2004, pero fue hasta 2009 cuando, después de numerosos simulacros, se emitió la primera sentencia de 15 años de prisión contra un hombre de 72 años acusado de haber matado a su vecina.
A diferencia del sistema occidental, este jurado popular o de escabinos tiene la facultad de hacer preguntas al indiciado de manera directa y de dictar sentencia. Así, cada miembro del jurado, los 6 ciudadanos y los tres jueces, tienen un voto cada uno. Pero la ley establece ciertas reglas ya que no basta con que los tres jueces consideren a un indiciado culpable si cinco escabinos lo juzgan inocente, en cuyo caso prevalece la opinión del jurado popular o escabinado.
Pero si todos los miembros del jurado popular consideran que una persona es culpable, necesitan que al menos uno de los jueces vote en ese mismo sentido para condenar a la persona. Es así como se trata de un sistema de tutores en donde la ciudadanía aprende de los jueces quienes los supervisan.
Desde entonces estos tribunales, en el que los ciudadanos que participan deben ser mayores de 20 años y contar con título de educación media superior como mínimo, han emitido 22 sentencias de pena de muerte.
Las apelaciones a estas sentencias son revisadas por tribunales superiores que son tribunales conformados solamente por jueces. La última instancia es la Suprema Corte de Justicia.
Una de las sentencias anuladas se dictó en relación con el homicidio de un hombre de 74 años en Tokio y la otra por el homicidio de una estudiante de 21 años en Chiba. Ambos casos fueron revisados por el Tribunal Superior de Tokio que conmutó las sentencias por cadena perpetua al considerar demasiado severa la pena de muerte en estos casos.
Los tres jueces de la Sala de la Suprema Corte de Justicia que revisaron el caso coincidieron con el Tribunal Superior de Tokio encontrando que no había fundamento suficiente para sentenciar a muerte a los procesados, señalando que esta pena “es el castigo último por tomar la vida del imputado” por lo que los jueces “la necesitan considerar cuidadosamente y mostrar evidencia concreta” de que no hay otra alternativa que este castigo.
La pena de muerte está regulada en Japón, pero a diferencia de otros países, el reo desconoce cuándo será ejecutado y cómo, si por la silla eléctrica o en la horca, y ésta es una información que queda reservada incluso para quienes actuaron como parte del jurado que los condenó.
Por tal motivo en febrero de 2014 un grupo de 20 japoneses que actuaron en juicios penales como escabinos en el panel judicial que sentenció a reos a la pena de muerte, envió una carta al gobierno pidiendo la transparencia de los procesos de ejecución de los reos y que haga de dominio público la información referente a las ejecuciones de estas sentencias de pena de muerte.
Más información Japan Times
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