El lunes de esta semana se archivó en Argentina el caso que por homicidio culposo agravado de tres personas se seguía en contra de Gianfranco Dolce, un joven de 20 años hijo de una modelo y conductora argentina de nombre Bárbara Durán.

El homicidio ocurrió la madrugada del 26 de abril de 2013 cuando Gianfranco Dolce conducía su camioneta a exceso de velocidad por la autopista Panamericana. En un momento el joven perdió el control del vehículo y pasó del tercer carril al de baja velocidad para terminar impactado contra un vehículo que estaba estacionado en el acotamiento y en el que estaban tres personas que esperaban a un compañero para ir a trabajar. El vehículo de los trabajadores, Esteban Bart, Walter Flores y Fernando Bustamante, terminó totalmente destruido.

Al momento del choque Gianfranco Dolce, que entonces tenía 19 años, iba en estado de ebriedad, habiendo registrado 1,14 gramos de alcohol en la sangre cuando el máximo permitido es de 0,5.

Pese a la gravedad de los hechos, el caso fue archivado no por falta de pruebas sino porque las partes llegaron a un acuerdo conforme a Ley 13.433 de Resolución Alternativa de Conflictos Penales de Buenos Aires.

El artículo 2 de la citada ley que data de 2006 dispone que la misma tiene como finalidad “pacificar el conflicto, procurar la reconciliación entre las partes, posibilitar la reparación voluntaria del daño causado, evitar la revictimación, promover la autocomposición en un marco jurisdiccional y con pleno respeto de las garantías constitucionales, neutralizando a su vez, los prejuicios derivados del proceso penal”.

Esta ley procede en causas vinculadas con hechos suscitados por motivos de familia, convivencia o vecindad, causas cuyo conflicto es de contenido patrimonial, y en aquellas donde la pena máxima del delito no exceda los seis años.

Los casos que se sometan a mediación serán llevados por las Oficinas de Resolución Alternativa de Conflictos Departamentales, que dependerán del Ministerio Público y que están conformadas por un abogado, un psicólogo y un trabajador social e interviene cuando el fiscal deriva los casos de una investigación penal preparatoria.

Gianfranco Dolce había sido imputado por el delito de homicidio culposo agravado, tipificado en el artículo 84 del Código Penal que prevé la pena de 2 a 5 años de prisión cuando hay más de un víctima fatal, o si el hecho hubiese sido ocasionado por la conducción imprudente, negligente, inexperta, o antirreglamentaria de un vehículo automotor.

De acuerdo con fuentes judiciales citadas por el diario argentino La Nación, debido a este acuerdo, Gianfranco Dolce ya no podrá ser juzgado ni condenado por la justicia penal de Buenos Aires, con jurisdicción en este accidente.

El archivamiento de esta causa ha generado numerosas críticas en Argentina porque a primera vista parecería implicar que la justicia está a la mano de quien tiene suficiente dinero para pagarla, pese a que los hechos culposos hayan implicado tres muertes muy violentas.

El cierre de esta causa es completamente legal lo que no necesariamente significa que sea justo.

Más información Lanación.com y Diariojudicial.com

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