Simbolos de salud

El pasado mes de febrero el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social emitió la Resolución 464 por la cual se crea el "régimen de afiliación obligatoria aplicable a personas sin relación de dependencia" para que trabajadores independientes, como taxistas, vendedores y profesionistas de libre ejercicio como médicos o abogados, se afilien de manera obligatoria al Instituto.

Actualmente la afiliación al seguro es obligatoria para los trabajadores en relación de dependencia, es decir, empleados, quienes aportan el 9.45 por ciento de su salario, mientras el patrón aporta 11.25 por ciento del salario para completar la cuota del 20.6 por ciento del salario del trabajador.

A partir del 1º de abril la afiliación se extiende a los trabajadores independientes quienes deberán aportar el 20.6 por ciento de sus ingresos como cuota de afiliación, calculados sobre la declaración del Impuesto a la Renta.  Para asegurarse que se está ingresando la cuota conforme a los ingresos reales, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social anunció que cruzarán información de los afiliados con el Servicio de Rentas Internas, órgano encargado de la recaudación.

Si bien el día de ayer se desmintió que la afiliación fuera obligatoria para todo trabajador independiente de Ecuador y que existieran sanciones para quien no se afiliara, la medida, pese a ser voluntaria, supone una carga económica excesiva para los independientes que se afilien pues representa el 20.6 por ciento de sus ingresos totales.

Esta medida ha ocasionado gran malestar entre los trabajadores independientes ecuatorianos.

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