El martes de esta semana la Cámara de Diputados de Chile aprobó por unanimidad de votos una iniciativa de ley conocida como “Amor de papá”, en la que se establece el cuidado compartido de los hijos por los padres separados.
La iniciativa fue impulsada hace cinco años por la organización chilena Amor de papá que se creó con el objetivo de proteger los derechos de los niños en los tribunales de familia y evitar el desarrollo del Síndrome de Alienación Parental, SAP.
El SAP se define como una forma de maltrato psicológico que algunas madres ejercen sobre sus hijos con la intención de alejarlos de sus padres, y que puede dejar secuelas más graves que el abuso físico o sexual.
La iniciativa en cuestión pretende la reforma del Código Civil de Chile y establecer que “es deber de ambos padres cuidar y proteger a sus hijos e hijas y velar por la integridad física y psíquica de ellos. Los padres actuarán de común acuerdo en las decisiones relacionadas con el cuidado personal, su crianza y educación, y deberán evitar actos u omisiones que degraden, lesionen o desvirtúen en forma injustificada o arbitraria la imagen que el hijo o hija tiene de ambos padres o de su entorno familiar”.
Las reformas aprobadas por los diputados al Código Civil disponen que los padres separados podrán determinar de común acuerdo que el cuidado personal de los hijos corresponda al padre, a la madre o a ambos en forma compartida. Actualmente el artículo 225 del Código Civil chileno dispone que en caso de que los padres vivan separados, corresponde a la madre el cuidado personal de los hijos, salvo excepciones.
Así los padres firmarán un acuerdo mediante escritura pública o acta extendida ante el Registro Civil, en el que se establecerá la frecuencia y libertad con que el padre o la madre que no tenga el cuidado personal de los hijos podrá mantener una relación directa y regular con sus hijos. Este acuerdo podrá revocarse o modificarse por las partes cumpliendo las mismas formalidades con las que fue creado.
La reforma faculta al juez de lo familiar para que en casos excepcionales entregue el cuidado personal del hijo a un padre o al otro, pero velando siempre por el interés superior del hijo y no podrá basar su decisión exclusivamente en la capacidad económica de los padres.
Como se realizaron modificaciones a la iniciativa, aprobada por los Diputados, regresó a la Cámara de Senadores para que revisen las modificaciones y en su caso la aprueben. Se espera que la dilución en la cámara alta sea de suma urgencia a fin de que la iniciativa aprobada pase al ejecutivo para su promulgación y publicación y finalmente sea ley vigente en Chile.
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