Una nueva ley en el estado de Luisiana en Estados Unidos, que entrará en vigor el próximo 1° de agosto, establece la obligación de todos aquellos responsables de haber cometido un delito sexual o de pedofilia a declararlo en su perfil de redes sociales.
La ley establece que "deberá incluir en su perfil de redes sociales la indicación de que fueron convictos por cometer delitos sexuales o atacar a un niño y deberán citar el delito específico por el que fueron condenados, la jurisdicción de la condena, una descripción de sus características físicas y su dirección."
De acuerdo con la Conferencia Nacional del Legislaturas Estatales varios estados han ampliado los requisitos de registro de los delincuentes sexuales, a fin de que registren su correo electrónico, dirección de Internet, su perfil en redes sociales e inclusive en Texas e Illinois, un requisito para obtener la libertad condicional es que estas personas se abstengan de participar en las redes sociales.
El legislador que propuso esta ley, Jeff Thompson, dice que no quiere dejar en manos de los administradores de Facebook o de otras redes sociales la decisión de bloquear a un ex convicto por delitos sexuales cuando éste tiene las 24 horas al día, durante los siete días de la semana, la oportunidad de contactar a su nueva víctima.
En Latinoamérica, Chile es uno de los países que también cuenta con un registro de responsables de delitos sexuales, y en ese caso se trata de personas que han sido condenadas por haber cometido delitos sexuales contra menores de 18 años y que las inhabilita para trabajar con niños.
Argentina tiene un registro semejante, pero en nuestro país estás medidas no pueden ser aplicadas, ya que el artículo 22 de la Constitución establece que quedan prohibidas las penas inusitadas y trascendentales, entre ellas, las de infamia, que implican penas que deshonran o desacreditan.
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