Corte Suprema de Panamá está en proceso de resolver ocho demandas de inconstitucionalidad de ley que extiende contrato minero
Las protestas en Panamá se dirigieron esta semana hacia el edificio de la Corte Suprema de Justicia, tribunal al que piden celeridad para resolver las ocho demandas de inconstitucionalidad de la Ley 406 que aprueba el contrato entre el Estado panameño y Minera Panamá S.A.
La aprobación de esta ley, que la ciudadanía considera inconstitucional por no haber sido sometida a consulta pública, fue aprobada en la Asamblea Nacional el 20 de octubre y en unas cuantas horas fue ratificada por el presidente Laurentino Cortizo. A partir de entonces iniciaron las manifestaciones que ya dejaron dos personas fallecidas.
Se trata de la ampliación de la concesión minera otorgada inicialmente a la sociedad minera Petaquilla S.A., Minera Panamá S.A., subsidiaria de la empresa minera canadiense Firts Quantum Minerols, de un yacimiento de cobre en la provincia de Colón, en el corredor mesoamericano, que es una zona protegida. Se trata de la mayor mina de cobre a cielo abierto de Centroamérica, que ocupa unas 12,000 hectáreas.
La concesión fue otorgada en 1997, pero ese contrato fue recurrido en tribunales en 2009 porque se concretó sin que mediara licitación pública ni se hubieran realizado estudios de impacto ambiental.
En 2017, la Corte Suprema concluyó en la inconstitucionalidad del contrato, pero el fallo no fue publicado sino hasta 2021, tiempo durante el cual la minera canadiense no solo siguió operando la mina, sino que expandió sus actividades en un enclave cerrado en donde, sostienen grupos ambientalistas, son los canadienses los que tienen control absoluto, incluido el acceso al agua, lo que recuerda los términos negociados en el Canal de Panamá, donde Estados Unidos tuvo el control absoluto del canal y las tierras, aguas y espacio aéreo circundantes, desde 1904 hasta 1999. “No es un contrato, sino un tratado”, denunció a la BBC, Raisa Banfield, presidente de la organización civil Panamá Sustentable.
De acuerdo con Raisa Banfield, las negociaciones para ampliar la extensión del contrato, iniciaron en enero de 2022, sin participación ciudadana. En marzo de este año se anunció el nuevo contrato, pero la ciudadanía exigió que se les consultara, exponiendo que esta ampliación tenía los mismos vicios que el contrato que dio origen a la relación.
La Asamblea Legislativa de Panamá celebró tres debates y consultó a las poblaciones relacionadas con la mina, pero aunque esos pueblos manifestaron su rechazo, solamente se hicieron ciertas reformas al contrato que fue sometido al Poder Legislativo como la Ley 406 que fue aprobado y promulgado el 20 de octubre.
Esta ley dio origen a las ocho demandas de inconstitucionalidad que deben ser resueltas en la Corte Suprema. Estas demandas, una vez admitidas, se hacen de conocimiento del Procurador de la Administración o del Procurador General de la Nación para que emitan su opinión dentro de un plazo no mayor a 10 días hábiles.
Una vez que se devuelve el expediente, se publica un edicto por tres días en un periódico de circulación nacional, para que en el término de diez días hábiles, contados a partir de la última publicación, el demandante, y todas las personas interesadas en el caso, presenten sus argumentos por escrito, a través de abogado.
Respecto de la primera demanda recibida, se conoce que el procurador de la Administración, Rigoberto González, emitió concepto de 'inconstitucionalidad' para el artículo 1 de la Ley 406, cuyo texto es el siguiente:
“Artículo 1: Se aprueba, en todas sus partes, el Contrato de Concesión Minera celebrado entre EL ESTADO y la sociedad MINERA PANAMA, S.A., de conformidad con la función legislativa de aprobar o improbar los contratos en los cuales sea parte o tenga interés el Estado, cuando su celebración no estuviera reglamentada previamente y en atención a que algunas de las estipulaciones contractuales no se ajustan a la respectiva Ley de autorizaciones, según se establece en el numeral 15 del artículo 159 de la Constitución Política de la República. El texto del Contrato de Concesión Minera que se aprueba por medio de la presente ley es el siguiente:”
Los edictos de dos demandas se publicaron por primera vez el 1 de noviembre. Terminado este plazo, las y los magistrados de la Corte Suprema analizarán y resolverán, lo que significa que las decisiones todavía tardarán en tomarse.
Tratando de apaciguar los ánimos, el gobierno ha dicho que los términos del nuevo contrato son una mejora sustancial respecto del anterior, porque contempla aportes mínimos anuales de 375 millones de dólares estadounidenses de la minera al Estado panameño, diez veces el monto del acuerdo anterior, además de la supuesta creación de 8,000 empleos directos y más de 40,000 indirectos. La ciudadanía, sin embargo, no se ha convencido y existe la opinión de que es preferible ser una nación que fomente el turismo ecológico y la exportación de sus productos agrícolas, como el café, a ser una nación extractiva y contaminante.
De momento, el presidente declaró que el 17 de diciembre se celebrará una consulta popular sobre el contrato. A esta declaración, el Tribunal Electoral de Panamá informó que no hay condiciones para organizar la consulta popular porque están organizando los comicios presidenciales previstos para mayo de 2024. Sin embargo, si la Asamblea Nacional aprueba la celebración de la consulta, el Tribunal Electoral deberá organizarla.
El gobierno está entre la espada y la pared. La Minera Panamá, que en un comunicado declaró que "[s]iempre ha sido defensora de Panamá y su gente, y está comprometida con el Estado de derecho con el objetivo de lograr beneficios para el país", y que están "totalmente comprometidos a operar de manera ambientalmente sensible, cumpliendo con todas las obligaciones ambientales y apoyando la biodiversidad de Panamá", ya preguntó al gobierno los términos de dicha consulta. El quid del asunto es que, si se les retira la concesión, acudirán a tribunales internacionales de arbitraje, lo que podría costar al país miles de millones de dólares como compensación. Esas demandas son la amenaza constante que pende sobre nuestras naciones al momento de querer deshacer acuerdos dañinos o incluso ilegales, negociados antaño.
Las protestas han rebasado lo relativo a la ilegalidad de este contrato y también se exige la mejora a los sueldos y a la calidad de vida de las y los panameños.
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