El rapero Pablo Rivadulla Duro, conocido como Pablo Hasél, fue detenido para que cumpla la condena que se le impuso por 64 tuits y una canción
El músico fue aprehendido en la universidad de la ciudad de Lérida donde estaba atrincherado junto a decenas de seguidores para “hacerle las cosas más difíciles a la policía”.
La detención desató manifestaciones en diversas ciudades de Cataluña, España, en las que participaron miles de personas, acabaron en diversos disturbios que se saldaron con 15 detenciones y 33 heridos, 17 de ellos agentes de la policía catalana.
Hasél fue condenado a cumplir una pena de prisión de nueves meses por los delitos de enaltecimiento del terrorismo, injurias a la Corona e injurias y calumnias a las Instituciones del Estado, en al menos 64 mensajes que el cantante público en su cuenta de Twitter entre 2014 y 2016 y una canción de YouTube. En uno de ellos, publicado en marzo de 2016, junto a una fotografía de la integrante del grupo terrorista GRAPO, Victoria Gómez, escribió: “Las manifestaciones son necesarias, pero no suficientes, apoyemos a quienes han ido más allá”. En su red social, el rapero contaba entonces con 54.000 seguidores. Otro tuit llevaba adjuntaba una imagen de Ignacio Varela Gómez, también miembro de los GRAPO, con la leyenda: "Sí nos representan".
A esto hay que sumarle una condena de dos años que se le impuso en 2015. En este caso fue condenado por enaltecimiento del terrorismo, por ensalzar en su canción Democracia su puta madre al que fuera secretario general del PCE(r), Manuel Pérez Martínez (Camarada Arenas), condenado a 17 años de cárcel por pertenencia a la banda terrorista Grupos de Resistencia Antifascista Primero de Octubre. En otras canciones elogió a la Fracción del Ejército Rojo (RAF) y Terra Lliure, e incluso pedía a estas organizaciones que volvieran. Al ser la primera condena, quedó en suspenso y no lo llevó a ingresar en prisión.
Además existen otras sentencias en su contra que aún no son firmes: Una de seis meses por el delito de lesiones por agredir y rociar con un líquido de limpieza a un periodista y a dos años y medio de cárcel por agredir a un testigo en un juicio contra un agente de la Guardia Urbana de Lérida. Así que el cantante podría pasar más de 45 meses en prisión.
Hasél es de ideología comunista y antifascista. En sus canciones se refiere a la recuperación de la conciencia política y social de las clases populares y atacan de forma directa y con extrema dureza, hasta llegar al insulto, a la monarquía, los partidos políticos, el capitalismo, la banca, la iglesia o las fuerzas policiales. Eso lo lleva a hipérboles en las que aplaude a aquellos que se han enfrentado a las instituciones, como los grupos terroristas GRAPO, ETA, Terra Lliure, Facción del Ejército Rojo (RAF) y Al Qaeda.
Cabe destacar que en sus tuits el artista también denuncia la respuesta violenta de la policía y el excesivo uso de la fuerza al reprimir manifestaciones.
Como decíamos Hasél fue condenado por los delitos de enaltecimiento del terrorismo, injurias a la Corona e injurias y calumnias a las Instituciones del Estado. En la injuria se lesiona “la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación”; en la calumnia, se acusa de un delito a una persona “con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad”. La diferencia entre injuria y calumnia es la imputación de un delito, pues si el hecho que se imputa es delito, se trata de una calumnia y de no ser delito, es una injuria. En México la calumnia y la injuria no son delitos, aunque sí se puede demandar en la vía civil por daño moral.
El delito de enaltecimiento del terrorismo consiste en “el enaltecimiento o la justificación públicos” de los delitos relacionados con el terrorismo “o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares”. En México el equivalente sería la apología del delito.
Pablo Hasél no es el único que ha sido detenido por expresiones que se consideran enaltecen el terrorismo. En 2014 se estableció un operativo para detener a personas que enaltecían el terrorismo en redes sociales. Inclusive una mexicana fue detenida en España acusada de operar una red yihadista y fomentar “actividades de auto adoctrinamiento y enaltecimiento terrorista”.
El caso ha generado un amplio debate en España sobre los límites a la libertad de expresión.
El gobierno español ha declarado que se revisarán las disposiciones del Código Penal que sancionan los excesos “en el ejercicio de la libertad de expresión para que solo se castiguen conductas que supongan claramente la creación de un riesgo para el orden público o la provocación de algún tipo de conducta violenta, con penas disuasorias, pero no privativas de libertad. El ministerio, en su propuesta, considerará que aquellos excesos verbales que se cometieran en el contexto de manifestaciones artísticas, culturales o intelectuales, debieran permanecer al margen del castigo penal”.
Amnistía Internacional señala que ninguna de las disposiciones del Código Penal debe poder criminalizar expresiones ni creaciones artísticas amparadas por el derecho a la libertad de expresión, además cita al Tribunal Europeo de Derechos Humanos que estableció el uso de leyes sobre difamación con el fin o el efecto de impedir las críticas legítimas al gobierno o a cargos públicos viola el derecho a la libertad de expresión.
Más de 200 artistas de distintas disciplinas culturales, entre los que se encuentran el cantautor Joan Manuel Serrat o el cineasta Pedro Almodóvar, los actores Javier Bardem, Aitana Sánchez Gijón, y directores y escritores como Isaki Lacuesta o Montxo Armendáriz, y periodistas como Javier Gallego Crudo, han firmado un manifiesto para apoyar al rapero. El texto pide la libertad del cantante y acusa al estado español de "equipararse a países como Turquía o Marruecos, que también cuentan con varios artistas encarcelados por denunciar los abusos que se cometen desde el estado".
Además de exigir la libertad del cantante, reclaman eliminar del Código Penal los delitos por los que fue condenado, pues a su juicio "no hacen sino cercenar el derecho, no solo de libertad de expresión, sino de libertad ideológica y artística".
Los juristas coinciden que la expresión de las ideas no puede ser un delito por sí mismo, sino que deben ser sancionadas cuando existe un riesgo de que va a generar odio o violencia, pero esto no convierte a la libertad de expresión en una patente de corso que justifica todo.
Se debe tener en cuenta, advierten, la relevancia del emisor como personaje público y su influencia en la comunidad. Otros aspectos que se deben valorar en cada caso es si las palabras derivan en hechos o provocan que otros lleven acciones que puedan tipificarse como delito en consecuencia.
Los expertos señalan que una reforma en la materia debe ser analizada cuidadosamente y no responder a un caso en particular, por muy mediático que sea. En particular en el contexto histórico de España, en donde existen muchas víctimas del terrorismo cuyos derechos también deben ser protegidos.
Al expresarse sobre el caso, el Tribunal Supremo destacó que la doctrina constitucional señala que no es legítimo limitar el derecho a la libertad de expresión o información incluso cuando tiene carácter hiriente o molesto. Sin embargo, sostiene que “el discurso del odio no está amparado por la libertad de expresión en un Estado democrático”.
El tribunal cita jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH): “La alabanza o justificación de acciones terroristas no puede ampararse dentro de la cobertura otorgada por el derecho a la libertad de expresión o ideológica en la medida en la que el terrorismo constituye la más grave vulneración de los derechos humanos de aquella comunidad que lo sufre”.
La jurisprudencia del TEDH vincula la acción penal contra las expresiones a criterios de alcance, gravedad y las consecuencias de las acciones cuestionadas. Una directiva europea de 2017 establece como criterio para penalizar “mensajes destinados a incitar” a actos terroristas la generación de “un riesgo de que se puedan cometer uno o varios de dichos delitos”.
Para poner en contexto el caso de Pablo Hasél y la libertad de expresión, habrá que tener en cuenta la manifestación que hubo el pasado sábado en Madrid, como homenaje a la División Azul, la unidad militar enviada por Franco a Rusia en apoyo de Hitler. Durante el acto, al que acudieron unas 300 personas, ataviadas con símbolos y banderas nazis y neofascistas, una joven afirmó: “El enemigo siempre va a ser el mismo aunque con distintas máscaras, el judío. Porque nada más certero que esta afirmación: el judío es el culpable”. La Fiscalía Provincial de Madrid investigará de oficio las proclamas antisemitas que pueden ser constitutivos de un delito contra el ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas.
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