Balanza judicial

El viernes de la semana pasada, la Suprema Corte de la República de Irlanda decidió referir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, TJUE, para que analice bajo la ley europea ciertos aspectos de una decisión tomada para permitir la construcción de una granja eólica que podría poner en riesgo a los gavilanes rastreros, especie protegida.

El caso fue presentado por Edel Grace, una mujer que reside a menos de un kilómetro en la zona de protección de los gavilanes, y por el ambientalista Peter Sweetman en contra de una decisión del consejo de planeación, An Bord Pleanála, que otorgó a dos empresas un permiso de diez años para la construcción de una granja eólica en la montaña de Keeper Hill.

Los apelantes argumentan que al haberse aprobado el proyecto se infringen las directivas europeas en materia de hábitats e impacto ambiental ya que unos 400 acres de forraje para alimentación de los gavilanes rastreros se perderán si se prosigue con la construcción de la granja eólica.

El caso lo perdieron ante el Tribunal Superior, pero al habérseles impedido que apelaran ante la Corte de Apelaciones, la Suprema Corte decidió revisar el caso señalando que si bien en materia ambiental la instancia de apelaciones adecuadas es la Corte de Apelaciones, este caso presenta asuntos de importancia pública general relacionadas con el derecho de presentar el caso y el derecho a apelar, además de asuntos potencialmente sustantivos de la evaluación del An Bord Pleanála respecto del impacto de la granja eólica en el hábitat de los gavilanes.

El que la Suprema Corte conozca de este asunto sin haber pasado por la Corte de Apelaciones se conoce como apelación “leapfrog” o de salto de rana. Constitucionalmente se dispone que para que proceda se deben presentar asuntos de interés público o ser necesario en interés de la justicia. Es interesante hacer notar que para que un caso pueda ser apelado ante la Corte de Apelaciones se deben cubrir los dos requisitos y no uno u otro como sucede en el caso de la Suprema Corte.

Respecto de este caso los siete magistrados redefinieron el derecho de presentar un caso ambiental conforme a la directiva europea y a la ley interna, concediendo que la señora Grace tiene suficiente interés jurídico para presentar el caso al poder judicial, , pero coincidieron en que hay ciertos asuntos que deben ser clarificados a la luz del derecho europeo, particularmente sobre el procedimiento tomado por el  An Bord Pleanála al tomar su decisión, y por eso han decidido referir el caso al TJUE, lo que significa que el asunto todavía no está definido.

Más información irishtimes.com

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