Cabeza y torso del Davide de Miguel Ángel

Corte de Florencia confirma la existencia del derecho a la imagen de un bien cultural respecto del David de Miguel Ángel

Este lunes, la Galleria dell'Accademia, custodia de la escultura David del artista renacentista Miguel Ángel Buonarroti, anunció que un tribunal de Florencia confirmó la existencia del derecho a la imagen de un bien cultural.

En 2017, un tribunal de primera instancia de Florencia prohibió el uso de la imagen de la citada escultura para usos comerciales en Italia y en toda Europa, sin la autorización expresa de la Galleria dell'Accademia y el consecuente pago de regalías. Ese caso se dirigió por el abogado del Estado en contra de una empresa turística llamada Visit Today, por el uso no autorizado de la imagen en sus folletos promocionales.

En el comunicado de prensa, la Galleria dell'Accademia refiere que el fallo de esta semana se refiere a "una famosa editorial", que, sin pagar los derechos, "publicó en la portada de una de sus propias revistas la escultura modificada con el mecanismo de conversión de papel lenticular y luego superpuesta a la imagen de un modelo, todo en clave abiertamente publicitaria".

En ese comunicado, el museo explica lo siguiente: “Por primera vez, en una sentencia de fondo se afirma la existencia del derecho a la imagen del patrimonio cultural como expresión del derecho constitucional a la identidad colectiva de los ciudadanos que se reconocen en una misma nación".

En particular, el tribunal, acogiendo los argumentos sustentados por la Abogacía del Estado, afirmó “que la imagen del patrimonio cultural es expresión de la identidad cultural de la nación y de su memoria histórica que debe protegerse de conformidad con el artículo 9 de la Constitución”.

En documento del Senado de Italia, se lee el artículo 9 constitucional así: “La República promueve el desarrollo de la cultura y de la investigación científica y técnica.

“Salvaguarda el entorno natural y el patrimonio histórico y artístico de la Nación.”

Según reporta la agencia de noticias italiana ANSA, los jueces concluyeron que la reproducción no autorizada de la imagen de David “causó un perjuicio de carácter material, vinculado al impago de la tasa por la utilización del bien (y calculada en 20.000 euros según la lista de precios del museo), pero sobre todo un daño de carácter inmaterial, cuantificado en 30.000 euros, ya que la editorial con la técnica lenticular 'comparó insidiosa y maliciosamente la imagen de David con la de un modelo, desvalorizando, oscureciendo, mortificando, humillando así el elevado valor simbólico e identidad de la obra de arte para servirla con fines publicitarios y de promoción editorial'".

Sobre la decisión, la directora de la Galleria dell'Accademia de Florencia, declaró que con la decisión se afirma un principio que trasciende un caso individual, lo que significa que toda reproducción de la escultura, y de la obra en el museo florentino, en principio, debe ser autorizada y pagar un derecho, lo que podría incluir los suvenires, como llaveros, playeras y figuritas que copian la escultura de mármol blanco, que se venden en Italia.

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Imagen de GERVASIO RUIZ en Pixabay

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