En época de crisis, muchas personas, sin desearlo, viven la amarga experiencia de ser deudores morosos y no por falta de voluntad para cumplir con sus compromisos económicos, sino porque no cuentan con los recursos económicos para ello. La situación se agrava en virtud del estado de nuestro sistema financiero, que presenta altas tasas de interés, haciendo que una deuda pequeña se convierta en una bola de nieve.
Entonces empezarán las llamadas por parte del banco, y después por parte de las empresas especializadas en cobros, y si el asunto sigue creciendo, la cartera pasará a despachos jurídicos quienes realizarán la cobranza del crédito.
Todo esto con las consabidas amenazas de embargo, cárcel, llamadas a deshoras, a las personas que se dieron como referencia, letreros en las puertas, etcétera, etcétera.
Existen casos en los que una persona ha recibido hasta 45 llamadas en un periodo de 30 minutos.
A la luz de esto, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, CONDUSEF, ha iniciado un programa para la renegociación de los créditos que puede incluir la ampliación del plazo, la reducción de la tasa de interés, la aplicación de pagos fijos, o la condonación o quita del adeudo.
Lo más importante es llevar a cabo estas negociaciones antes de que se incurra en mora y así evitar el vía crucis que es ser un deudor.
En este caso es necesario revisar muy bien el convenio que se va a firmar con la institución financiera y vigilar que en él se señale claramente el saldo original y lo que incluye, el monto del descuento, el saldo final, cuáles son las obligaciones que asumimos y las consecuencias del incumplimiento.
Debemos estar seguros que las condiciones son las más adecuadas para nosotros.
Por otro lado, los despachos de cobranza están obligados a:
•Identificarse veraz y plenamente.
•No tratar el asunto con menores de edad o personas de la tercera edad.
•Siempre ser respetuosos.
•No cobrar en lugares u horarios inconvenientes (antes de las 7 de la mañana o después de las 10 de la noche).
•No utilizar lenguaje obsceno ni malas palabras.
•No amenazar ni intimidar a los deudores.
•No aparentar ser una autoridad.
•No engañar al deudor arguyendo que, al no pagar su deuda, comete delito sancionado con cárcel.
•No amedrentar al deudor haciéndole creer que se ha iniciado un juicio en su contra.
•No ofrecer quitas ni descuentos engañosamente o que no hayan sido autorizados.
•No incrementar las deudas con cargos no autorizados por legislación o por el contrato celebrado.
•No utilizar formas o papelería que simulen instrumentos legales.
•Los acuerdos de pago a que se lleguen deberán ser documentados de forma clara y transparente.
•Se evitarán los excesos, exageraciones y mentiras.
•No hacer uso de cartelones o anuncios en lugares públicos o en el hogar del deudor que hagan referencia al adeudo.
•Al deudor se le debe dar información precisa y puntual sobre la integración del saldo adeudado.
•No publicar “listas negras de deudores”.
En contra aquellos cobradores que utilizan métodos inquisitivos también tenemos acciones.
Por principio de cuentas se puede denunciar el mal comportamiento ante la CONDUSEF. Pero no se debe perder de vista que los cobradores en muchos casos llegan a incurrir en delitos como la difamación, la calumnia, amenazas, falsificación de documentos oficiales.
Incluso hay estados que ya tipifican como delito la cobranza ilegítima como el Estado de México y Veracruz, entendiendo por cobranza ilegitima el engaño o la realización de actos de hostigamiento o intimidación en contra del deudor o su aval. En estos casos no se debe dudar en presentar la denuncia de hechos correspondiente a fin de que estas prácticas desaparezcan o disminuyan.
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