Se llama divorcio a la disolución del vínculo matrimonial por causas o motivos que sobrevienen después de haberse celebrado el matrimonio y que permite a los divorciados contraer un nuevo matrimonio con posterioridad. Y aunque la unión libre después de cinco años o hijos de por medio crea vínculos parecidos al matrimonio, el divorcio solo ocurre cuando la pareja está legalmente casada por las leyes mexicanas, en este caso.
En ocasiones y por distintas razones, puede ser que un matrimonio no resulte como se deseaba y por esas circunstancias los cónyuges toman la decisión de separarse. Muchas veces solo dejan pasar el tiempo pensando que con ello termina la relación y las obligaciones legales, cuando la realidad es que el vínculo termina solo mediante el divorcio.
Una de las primeras consecuencias de no concluir el divorcio es que no se puede contraer un nuevo matrimonio, ya que en los Códigos Civiles se prevé como impedimento para hacerlo el que exista un matrimonio subsistente con persona distinta de aquella con quien se pretenda contraer un nuevo matrimonio. Si se contrae matrimonio en estas circunstancias, se corre el riesgo de que el mismo se considere nulo de pleno derecho, además de que hay un fraude que puede ser penalmente perseguido.
Por otro lado, está la obligación de dar alimentos. Si con motivo de esta separación un cónyuge se ha desligado del otro e inclusive de los hijos, y no está cumpliendo cabalmente con la obligación de dar alimentos se corre el riesgo de que sea requerido por la vía judicial y hasta de ser acusados penalmente por esta omisión. Además, si un extraño cubre estos alimentos tiene derecho a reclamar su reembolso.
Otro problema está en relación con los bienes que se adquieran después del fallido matrimonio. Si el matrimonio se celebró por separación de bienes no existe tanta complicación, pero si se hizo en sociedad conyugal, todos los bienes que se adquieran forman parte de la misma y, en consecuencia, en un cincuenta por ciento al cónyuge, aunque ya no se conviva con esa persona desde hace diez, quince o treinta años. Esto además significa que no se puede disponer libremente de estos bienes.
Finalmente, aún en la muerte existen obligaciones hacia esa persona ya que si se hace testamento en el mismo se debe prever que se le entreguen alimentos, y si se muere intestado o sin testamento, esta persona puede heredar los bienes en partes iguales con los hijos, o quedarse con la mitad de todo si sólo sobreviven al cónyuge fallecido sus padres. Si hay una segunda relación, la nueva pareja queda en total estado de desprotección.
Estos son sólo algunos ejemplos, pero como podemos apreciar, la separación tiene consecuencias graves en nuestra vida si no se formaliza por las vías legales adecuadas.
Así que, si lleva mucho tiempo que dejaste ese matrimonio fallido, formaliza la separación antes de que sea tarde.
miabogadoenlinea.net
Se permite la reproducción parcial o total, con crédito a miabogadoenlinea.net