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Nuevo deporte: salto de las reglas olímpicas PDF Imprimir Correo electrónico
Lo Absurdo en el Derecho
Martes 31 de Julio de 2012 00:00

Como comentamos en nuestro blog, en estos Juegos Olímpicos, como en otros eventos deportivos mundiales, se ha llegado a una excesiva protección de los intereses de las marcas patrocinadoras, llegando al limite de prohibir el uso de palabras como "juegos", "dos mil doce", "2012", "veinte doce", juntas o combinadas con las palabras "oro", "plata", "bronce", "Londres", "medallas", o "verano" en publicidad de marcas que no son patrocinadoras oficiales, usadas en un contexto que pueda relacionarse con los Juegos Olímpicos 2012.

 

Las compañías que no son patrocinadores oficiales pueden hacerse acreedores a multas que pueden llegar a las 20,000 libras esterlinas, equivalentes a 416,285 pesos mexicanos por violar alas leyes de publicidad o normas establecidas por el London Organising Committee of the Olympic and Paralympic Games (LOCOG) y el Comité Olimpico Internacional (COI). Esto ha llevado a la práctica de un nuevo deporte: como participar del entusiasmo olímpico sin violar las reglas.

 

Así algunos hacen uso de distintas figuras geométricas como cuadrados o triángulos, pero ordenadas como los famosos aros olímpicos, o el uso de aros pero en forma lineal, errores ortográficos, etc

 

Intentar vincularse a los Juegos Olímpicos sin autorización es conocido como ambush marketing o marketing abusivo. El manual denominado Olympic Marks and Imagery Usage Handbook lo define como “el intento planeado de un tercero para asociarse a si mismo directa o indirectamente con los Juegos Olímpicos para ganar reconocimiento y beneficios asociados con ser un  Socio Olímpico de Publicidad”.

 

Existen leyes específicas para regular el uso de marcas en las Olimpiadas como son London Olympic Games and Paralympic Games Act de 2006 y Olympic Symbol (Protection) Act of 1995, para proteger de publicidad no autorizada, muchos tratan de participar de los beneficios que generan los juegos olímpicos.

 

La reglas establecen que si un no patrocinador o proveedor utiliza el símbolo olímpico, el lema olímpico ("Citius Altius Fortius/Más Alto, Más Rápido, Más Fuerte") o las palabras "Juego Olímpico(s)", "Olimpiada(s)", "Olimpico(s )" o cualquiera similar a ellas, o las traducciones de ellas, o el símbolo de Paralímpicos (tres formas con silueta semejante a un búmeran que han sido bautizadas como "Agitos" que en latín significa "me muevo), el lema Paralímpicos (Espíritu en movimiento) o las palabras "Paralímpico(s)"," Paralimpiada(s)" o" juego paralímpico(s) o cualquiera similar a ellas, o las traducciones de ellas en el curso de operaciones comerciales sin el consentimiento, puede ser considerado una infracción.

 

Pero esto no ha sido suficiente para que tiendas de ropa, restaurantes, cafeterías, bares etcétera, busquen de forma ingeniosa vincularse con los juegos, rayando en el límite de la ilegalidad.

 

 

Más información en legalblogwatch.typepad.com

 

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