El pasado viernes 13 el crucero Costa Concordia con 4,229 pasajeros, propiedad de Costa Crociere, subsidiaria de Cruceros Carnival, se hundió parcialmente al chocar con una gigantesca roca situada en las costas de la isla italiana de Giglio, en la costa de la Toscana.
El capitán Francesco Schenttino, y el primer oficial Ciro Ambrosio, se encuentran detenidos como presuntos responsables de homicidio culposo múltiple, naufragio y abandono el barco antes de que los pasajeros fueran evacuados.
El barco, que había partido de Civitavecchia, a 70 kilómetros al norte de Roma, chocó contra unas rocas al navegar a 150 metros de la isla, que le causó un agujero en el casco de 70 metros de largo. El Capitán alega en su defensa que las rocas no estaban en las cartas náuticas que llevaba. "Nosotros debíamos tener aguas profundas por debajo de nosotros", dijo a la televisión italiana. "Estábamos a unos 300 metros de las rocas más o menos. No deberíamos haber chocado con nada".
Sobre el accidente, la policía Italia está realizando dos investigaciones, una relacionada con la ruta que el capitán siguió y otra sobre la evacuación del crucero.
Schenttino se desvío casi 7 kilómetros de su ruta para pasar enfrente de la isla de Giglio. Un vocerode la naviera ha declarado que navegar tan cerca de la costa "fue una iniciativa del capitán Schettino, tomada por su voluntad y contraria a nuestras reglas de comportamiento escritas y certificadas".
Al parecer, el capitán quiso hacer un homenaje a dos compañeros habitantes de la isla de Giglio, uno de ellos el maitre del Costa Concordia, Antonio Tievoli y otro, un excapitán de Costa Crocera, Mario Palombo, quien ya jubilado vive en la isla.
En cuanto a la evacuación del barco, las versiones son que casi inmediatamente después de que el crucero encalló, Schenttino dejó la embarcación, abandonando a su suertea la tripulación y los pasajeros.
El capitán tardó una hora en darla alarma a la capitanía del puerto de Livorno y horas después de que abandonóla embarcación cuando faltaba evacuar a cientos de pasajeros, varios miembros de la guardia costera lo vieron sobre un peñasco en la isla de Giglio, empeñado en coordinar desde tierra las tareas de evacuación.
"Capitán, debe volver a bordo, es una orden, no puede abandonar la nave", le exhortaron varias veces miembros de la guardia costera e incluso oficiales de la capitanía del Puerto de Livorno.
Según informa el diario “Il Corriere della Sera” Schettino, fingió en sus conversaciones con la capitanía de puertos que continuaba a bordo del buque cuando ya lo había abandonado y cuando apenas había comenzado la evacuación de pasajeros, según se desprende del diálogo que mantuvo la noche del accidente.
El presidente de la compañía a la que pertenecía el crucero ha reconocido que "los procedimientos no han respetado totalmente las rígidas disposiciones y el entrenamiento que hemos dado" a la tripulación del barco.
El Código Italiano de la Navegación establece que «En caso de peligro de naufragio, el capitán debe permanecer a bordo hasta perder la última esperanza de salvarlo, cumpliendo con sus obligaciones hasta el último momento, oír a los oficiales antes de abandonarlo, salvar a los pasajeros y la tripulación y, si es posible, los libros, papeles y objetos de valor». Si Schettino abandonó el barco, como señalan las versiones, podría enfrentar penas de 12 años de cárcel, más las que se deriven de las acusaciones de homicidio imprudencial.
Las víctimas del hundimiento no pueden demandar a la naviera en su país de origen ya quelos contratos a través de los cuales se adquieren los boletos del crucero, establecen como jurisdicción en caso de conflicto los tribunales de Génova, Italia.
Sin embargo, la compañía naviera o el armador, están obligados a responder civilmente de los actos del capitán del barco, también de los ilícitos, así como de las indemnizaciones a favor de terceros a que diere lugar la conducta de aquel, incluyendo las derivadas por un posible daño ecológico en caso de que se derrame el combustible del crucero.
En el marco del Convenio de Atenas relativo al Transporte de Pasajeros y sus Equipajes por Mar, el transportista es responsable del perjuicio originado por la muerte o las lesiones corporales de un pasajero, y por la pérdida o daños sufridos por el equipaje, si el suceso que ocasionó el perjuicio ocurrió durante la realización del transporte y es imputable a culpa o a negligencia del transportista o de sus empleados o agentes si éstos actuaron en el desempeño de sus funciones.
Salvo prueba en contrario se presume la culpa o la negligencia del transportista o las de sus empleados o agentes cuando éstos hayan actuado en el desempeño de sus funciones, si la muerte o las lesiones corporales del pasajero a la pérdida de daños sufridos por su equipaje de camarote han sido resultado directo o indirecto de naufragio, abordaje, varada, explosión, incendio o deficiencia del buque.
El tope de indemnización bajo este convenio en caso de muerte o lesiones es de 100,000 euros aproximadamente, pero esto no impide que seimplementen otras acciones legales.